jueves, 23 de octubre de 2014

Discuten diputados ley de derechos de niños

Ciudad de México.- El pleno de la Cámara de Diputados inició la discusión de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que ya fue aprobada en el Senado de la República.
La Comisión de Derechos de la Niñez publicó en la gaceta de San Lázaro la propuesta de modificaciones a lo ya aprobado en el Senado.
Entre los cambios previstos se encuentra el artículo 77, referente a la difusión en medios de comunicación de imágenes, nombre, datos personales o referencias que permitan la identificación de los niños o adolescentes.
En el nuevo dictamen se prohíbe esa publicación cuando "menoscabe su honra o reputación, sea contrario a sus derechos o que los ponga en riesgo, conforme al principio de interés superior de la niñez".
Anteriormente se contemplaba que para la difusión de dicha información se requeriría autorización por escrito, o por cualquier otro medio que permitiera constatarla, de quienes ejerzan la patria potestad, tutela, guarda y custodia.
Además se precisaba que quedaba prohibida la difusión y de haberla se sancionaría, si aun existiendo dicho consentimiento, pudiera haber menoscabo de su honra o reputación, contraria a sus derechos o los pusiera en riesgo, conforme al principio de interés superior de la niñez.
El nuevo dictamen también permitirá que en el caso de que no sea posible recabar el consentimiento de quienes ejerzan la patria potestad o tutela de un adolescente, éste podrá otorgarlo siempre que ello no implique una afectación a su derecho a la privacidad por el menoscabo a su honra o reputación.
Se precisa que "no se requerirá el consentimiento de quienes ejerzan la patria potestad o tutela de niñas, niños y adolescentes, cuando la entrevista tenga por objeto que éstos expresen libremente su opinión respecto de los asuntos que les afecten directamente.
Niños con discapacidad
En el dictamen también se agregan puntos en beneficio de la inclusión de los menores con discapacidad como el que se deberá "procurar un entorno que provea los apoyos necesarios para que niñas, niños y adolescente con discapacidad vivan incluidos en su comunidad".
Además se precisa que éstos no podrán ser discriminados para ser recibidos o permanecer en los centros de asistencia social.
Participación ante la justicia
Se modifica el artículo sobre participación de menores en procedimientos jurídicos precisando que "se lleve a cabo de la manera más expedita, asistidos por un profesional en derecho y atendiendo a lo dispuesto por la fracción XI del artículo 83 de esta ley", eliminando así que tuviera que darse en "espacios lúdicos y condiciones especiales" como se aprobó en el Senado.

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