Ciudad de México.- Las comisiones Unidas de Educación, presidida por Adela Piña Bernal, y Puntos Constitucionales, encabezada por Miroslava Carrillo Martínez, ambas de Morena, aprobaron con 51 votos el proyecto de decreto que reforma los artículos 3º, 31 y 73 de la Constitución Política en materia educativa, devuelto por el Senado de la República.
El documento, avalado en reunión de trabajo obtuvo 25 votos de los integrantes de la Comisión de Educación, y 26 de la de Puntos Constitucionales, cero en contra y cero abstenciones.
La diputada Adela Piña Bernal dijo que el dictamen turnado a la Mesa Directiva para sus efectos correspondientes, reitera lo aprobado el pasado 24 de abril con algunas precisiones que no alteran el fondo de lo ya avalado, pero sí ayudan a generar un consenso más amplio y contribuyen a mejorar la redacción de los artículos.
Mencionó que el pasado 30 de abril la Cámara de Senadores aprobó la minuta, en lo general y por mayoría calificada; sin embargo, los artículos reservados no alcanzaron la mayoría calificada requerida para modificarla, por lo que se devolvió a la Cámara de origen.
Informó que en el párrafo noveno se agrega las palabras “sean idóneos” para quedar así: el Estado garantizará que los materiales, la infraestructura educativa, su mantenimiento y las condiciones del entorno sean idóneos y contribuyan a los fines de la educación.
En el décimo primero se incorpora la enseñanza de las matemáticas, la lecto-escritura y la literacidad a los planes y programas de estudio y la educación sexual y reproductiva.
En el décimo primero de los artículos transitorios se agrega la obligación para que el Ejecutivo federal, en un plazo no mayor a 180 días contados a partir de la entrada en vigor de las disposiciones, defina una Estrategia Nacional de Mejora de las Escuelas Normales, que establecerá acciones para su fortalecimiento.
Piña Bernal puntualizó que en el décimo cuarto se establece que la Cámara de Diputados, en el Presupuesto de Egresos de la Federación, aprobará los recursos necesarios para dar cumplimiento en lo establecido en la fracción V del artículo 3º respecto a ciencia, innovación y tecnología.
“En el décimo quinto se realizan ajustes a la redacción para el financiamiento de la educación superior, a efecto de cumplir su obligatoriedad y sólo se agrega la palabra -de igual forma- se establecerá un fondo federal especial que asegure a largo plazo los recursos económicos crecientes para la prestación de estos servicios y la pluri-anualidad en la infraestructura”, agregó.
En el décimo sexto transitorio se precisa que los derechos laborales de los trabajadores al servicio de la educación se regirán por el artículo 123 constitucional, Apartado B; con fundamento en este decreto, la admisión, promoción y reconocimiento se regirán por la Ley reglamentaria del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, y se agrega: “prevaleciendo siempre la rectoría del Estado”.
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