jueves, 24 de septiembre de 2020

En el EdoMéx son prohibidas las terapias de conversión sexual

La propuesta establece como agravante cuando se cometa en contra de menores, personas con discapacidad, adultos mayores y personas privadas de su libertad. 

Legisladores mexiquenses acordaron prohibir y sancionar penalmente las terapias de conversión sexual con penas de uno a tres años de prisión o de 25 a 100 días de trabajo en favor de la comunidad y de 50 a 200 días de multa, con agravantes de hasta una mitad si las víctimas pertenecen a sectores vulnerables. La propuesta de la diputada Beatriz García Villegas, al artículo 211 del Código Penal, establece como agravante cuando este delito se cometa en contra de menores de edad, personas con discapacidad, adultos mayores y personas privadas de su libertad o que no tienen la capacidad para comprender el significado de este hecho...Nota completa aquí.


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