De los 125 municipios del Estado de México sólo 34 recibieron la transferencia de funciones para poder generar multas de tránsito.
De los 125 municipios del Estado de México sólo 34 recibieron la transferencia de funciones para que sus policías locales estén facultadas para infraccionar a los ciudadanos por violaciones de tránsito a sus ciudadanos, esto de acuerdo con Esteban Jardón Serrano, subdirector de legislación, consulta y derechos humanos de la unidad de asuntos jurídicos e igualdad de género de la Secretaría de Seguridad del Estado de México (SSEM). “Los municipios como tal tiene atribución de poder llevar a cabo muchos servicios, en este caso, el de tránsito, que en un principio está conferido al estado y se transfiere a los municipios siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos para el cumplimiento óptimo de dicho servicio”, dijo entrevista. En este sentido los municipios que cuentan con esta atribución son: Amecameca, Atizapán de Zaragoza, Chimalhuacán, Lerma, Toluca, Zumpango, Cuautitlán Izcalli, Huixquilucan, Naucalpan de Juárez, Cuautitlán, Tlalnepantla, Ecatepec, Tecámac, Chalco, Tultitlán, Metepec, Otzolotepec, Santiago Tianguistenco, Zinacantepec, Nicolás Romero, Tenancingo, Atlacomulco, Almoloya de Juárez, La Paz, Coatepec Harinas, Coacalco, Ixtapaluca, Ixtlahuaca, Nezahualcóyotl, San Mateo Atenco, Temoaya, Tepotzotlán, Texcoco y Valle de Chalco. ¿Quiénes te pueden infraccionar? De acuerdo con el Código Administrativo del Estado de México, los municipios que adquieran las funciones pueden hacerlo en las vías locales, sin embargo, le corresponde al estado en las vías primarias y en las carreteras de cuota. A la fecha hay 11 municipios que han solicitado al estado la posibilidad de que se les transfiera las infracciones de tránsito. Cabe señalar que en caso de que no cuenten con esta atribución, pueden solicitar apoyo a la secretaría estatal. “En mucha ocasiones, cuando los presidentes municipales no cuentan con la transferencia, hacen la solicitud al Secretario para que se brinde vialidad para que los agentes cumplan con las infracciones de tránsito en los municipios”. Requisitos mínimos Para que inicie el procedimiento es necesario que el presidente municipal gire un oficio a la Secretaría de Seguridad estatal, acompañado del acta de Cabildo en la que se explique que desean contar con dicha atribución, ya que tiene que existir un consenso al interior del cuerpo edilicio, indicó el subdirector. Deberá de haber un enlace municipal que encabece las tareas. Una vez exista la solicitud, el municipio deberá de dar cuenta de los recursos materiales y técnicos con los que disponga para realizar las funciones. “Es un requisito indispensable que los municipios cuenten con agentes de tránsito mujeres, quienes serán las únicas encargadas y facultadas de poner las infracciones de tránsito; contar con agentes de vialidad que en este caso podrán ser varones pero sólo vigilarán que los conductores de los vehículos cumplan con los ordenamientos en materia de tránsito”. En caso de proceder con la atribución, los municipios que soliciten la transferencia de funciones deberán de impulsar el desarrollo profesional. Es de recordar que este año la SSEM aprobó modificaciones al reglamentos de tránsito para que los servidores públicos estén obligados a recibir instrucción de manera periódica. “Que sepan cómo actuar, sepan cómo comportarse, conozcan al reglamento de tránsito porque parecerá inverosímil pero hay ocasiones en las que el personal de tránsito no conocía el reglamento o el Código Administrativo, entonces la instrucción que tenemos con las agencias de la Secretaría de Seguridad, es capacitación”. ¿Cómo identificar a una agente? La identificación de las policías de tránsito está homologada en la entidad mexiquense. En sus trajes deberán de contar con distintivos color naranja en los uniformes y en sus vehículos. Además de que serán mujeres las que ejecuten las multas, utilizarán terminales electrónicas que tendrán que ser adquiridas con los proveedores certificados de la SSEM, ya que las mismas están verificadas con los requerimientos mínimos. Se les pide que colaboren con el C5 y que cuenten con ciertos requisitos para que se les transfieran bases de datos de los vehículos y automovilistas. “Los municipios deben de contar con infraestructura suficiente para el sistema digital de infracción”.
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