martes, 11 de octubre de 2022

CNDH emite recomendación a Guardia Nacional por muerte de menor embarazada en Jalisco

 La menor de edad embarazada fue abatida por elementos e la Guardia Nacional durante una persecución en el estado de Jalisco

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 70VG/2022 a elementos de la Guardia Nacional (GN), quienes provocaron la muerte de una menor de edad embarazada de dos meses tras una persecución y balacera en una carretera del estado de Jalisco.

La recomendación fue dirigida a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Rosa Icela Rodríguez Velázquez, por violaciones graves a los derechos humanos de tres agentes de la Guardia Nacional, quienes persiguieron y atacaron a balazos a una pareja en la carretera libre Zapotlanejo-Guadalajara.

La pareja circulaba por la carretera a bordo de un vehículo y, al rebasar una unidad móvil de la GN con tres tripulantes, estos se percataron de que la camioneta circulaba sin placas y, presuntamente, a exceso de velocidad, por lo que les marcaron el alto con comandos luminosos.

Se inició una persecución que concluyó cuando los elementos de la GN accionaron sus armas de fuego y, una vez realizada la detención, se percataron de que una de las personas -mujer menor de edad y embarazada- había perdido la vida a causa de los disparos.

La CNDH apuntó que los agentes “no se ajustaron a lo establecido en la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, el Manual del Uso de la Fuerza, de aplicación común a las tres Fuerzas Armadas, ni tampoco a lo establecido en los estándares internacionales, como son los Principios Básicos de la ONU sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley”.

En consecuencia, su actuación derivó en un uso ilegal y excesivo de la fuerza letal, que vulneró el derecho humano a la vida, a la integridad, a la seguridad personal y legalidad, de las dos víctimas de la agresión”, se lee en el documento.

Se pidió a la titular de la SSPC que tramite de inmediato la inscripción de las víctimas directas, y de aquellas personas que resultan ser víctimas indirectas, en el Registro Nacional de Víctimas, conforme al procedimiento legal establecido, para que se proceda a la inmediata reparación del daño ocasionado, que deberá incluir una compensación justa, tomando en cuenta la gravedad de los hechos, y por el daño ocasionado al proyecto de vida de las víctimas.

Asimismo, se pidió que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se otorguen medidas de rehabilitación a través de atención tanatológica y psicológica, por parte de personal especializado y de forma continua, atendiendo a su edad y necesidades específicas, así como proveerles los medicamentos y materiales gratuitos convenientes a sus padecimientos.



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