SAT confirma nuevo impuesto para pagos con tarjetas bancarias
Esta iniciativa busca combatir la evasión fiscal y aumentar la recaudación en el comercio electrónico.
El impuesto se aplica a los usuarios mexicanos que pagan con tarjetas de débito o crédito en plataformas digitales extranjeras. Hasta ahora, muchos productos adquiridos en estos sitios no estaban gravados, por lo que la medida tiene como objetivo garantizar que las transacciones cumplan con el IVA (16%) y, en ciertos casos, el ISR (Impuesto Sobre la Renta). Las plataformas también deberán registrarse ante el SAT con un RFC y cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes.
- El costo final de los productos aumentará, ya que las plataformas trasladarán el pago de impuestos al consumidor.
- Mayor formalidad en las transacciones en línea, con el fin de asegurar condiciones de competencia más equitativas entre plataformas nacionales y extranjeras.
¿Cómo afecta a los compradores?
- Precios más altos: El consumidor asumirá los impuestos en el momento de la compra.
- Registro obligatorio de las plataformas extranjeras ante el SAT para operar legalmente en México.
- Mayor vigilancia de los bancos y el SAT sobre los movimientos financieros realizados con tarjetas.
Control sobre los saldos de las tarjetas y límites mensuales
La Ley de Instituciones de Crédito regula los límites de depósitos y saldos acumulados en cuentas bancarias. Dependiendo del nivel de la tarjeta, el banco está obligado a reportar al SAT si se superan estos montos:
- Nivel 1: Máximo 5,700 pesos de depósitos al mes y 7,600 pesos de saldo acumulado.
- Nivel 2: Hasta 22,800 pesos de depósitos mensuales (o 45,600 pesos si provienen de programas de apoyo).
- Nivel 3: Límite de 76,000 pesos de depósitos mensuales.
- Nivel 4: Sin límite mensual, pero el banco puede establecerlo de acuerdo con el cliente.
Importante: Si los usuarios exceden estos límites, los bancos están obligados a reportar al SAT. Esto se deriva de un fallo de la Primera Sala de la Suprema Corte, que declaró constitucional el artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, facilitando una mayor vigilancia de las operaciones financieras.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario