México, D.F.- El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) dio a conocer las normas que establecen las disposiciones para regular las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y la prestación de servicios que realiza dicha institución, en cumplimiento con el artículo 134 constitucional.
Dicho articulado señala que los recursos económicos de que disponga el gobierno federal, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
Asimismo, determina criterios de carácter general para las adquisiciones, arrendamientos y la prestación de servicios, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
Menciona que los contratos o convenios que celebre el instituto con las entidades, dependencias de la Administración Pública Federal o entidades federativas, así como con los demás Poderes de la Unión u otros entes constitucionalmente autónomos, no estarán dentro del ámbito de aplicación de estas normas.
No obstante, dichos actos quedarán sujetos a las presentes normas, cuando éstos no tengan capacidad para hacerlo por sí mismos y contraten a un tercero para su realización.
La planeación, programación, presupuestación y el gasto de las adquisiciones, arrendamientos y servicios, se sujetarán a la disponibilidad de los recursos previstos por las fracciones I y IV del artículo 23 de la Ley del INEE.
Dicho articulado señala que los recursos económicos de que disponga el gobierno federal, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
Asimismo, determina criterios de carácter general para las adquisiciones, arrendamientos y la prestación de servicios, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
Menciona que los contratos o convenios que celebre el instituto con las entidades, dependencias de la Administración Pública Federal o entidades federativas, así como con los demás Poderes de la Unión u otros entes constitucionalmente autónomos, no estarán dentro del ámbito de aplicación de estas normas.
No obstante, dichos actos quedarán sujetos a las presentes normas, cuando éstos no tengan capacidad para hacerlo por sí mismos y contraten a un tercero para su realización.
La planeación, programación, presupuestación y el gasto de las adquisiciones, arrendamientos y servicios, se sujetarán a la disponibilidad de los recursos previstos por las fracciones I y IV del artículo 23 de la Ley del INEE.
Notimex
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