Ciudad de México.- El Senado avaló con 97 votos en favor el derecho de audiencia a quienes eventualmente se ven afectados por resoluciones de la autoridad derivadas de la aplicación de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
La modificación, aprobada en la sesión de este martes, considera que desde la promulgación de dicha ley, en 1972, han sido diferentes circunstancias las que ha enfrentado la autoridad en materia de preservación de los monumentos de interés nacional.
También considera que los actos de autoridad, tanto del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) como del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBA), han sido combatidos en diversos tribunales.
En especial, precisa, los procedimientos de declaratoria para adscribir al régimen de protección bienes muebles e inmuebles que se consideran cumplen con las condiciones y características para protegerlos bajo la figura de monumento.
En el documento se reconocen las inconsistencias en el andamiaje legal en materia de monumentos y estima pertinente dotar al marco jurídico de los elementos indispensables para hacerlo congruente con los derechos humanos y fundamentales de la sociedad mexicana.
Para ello, el proyecto de decreto incluye reformar los artículos Quinto, segundo párrafo; 22, segundo párrafo; 34, segundo párrafo; y 34 bis, tercer párrafo; además se adicionan los artículos Quinto bis, Quinto ter y Quinto quáter de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, sobre derecho de audiencia.
El dictamen se devolvió con modificaciones a la Cámara de Diputados para los efectos del Artículo 72 constitucional.
La modificación, aprobada en la sesión de este martes, considera que desde la promulgación de dicha ley, en 1972, han sido diferentes circunstancias las que ha enfrentado la autoridad en materia de preservación de los monumentos de interés nacional.
También considera que los actos de autoridad, tanto del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) como del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBA), han sido combatidos en diversos tribunales.
En especial, precisa, los procedimientos de declaratoria para adscribir al régimen de protección bienes muebles e inmuebles que se consideran cumplen con las condiciones y características para protegerlos bajo la figura de monumento.
En el documento se reconocen las inconsistencias en el andamiaje legal en materia de monumentos y estima pertinente dotar al marco jurídico de los elementos indispensables para hacerlo congruente con los derechos humanos y fundamentales de la sociedad mexicana.
Para ello, el proyecto de decreto incluye reformar los artículos Quinto, segundo párrafo; 22, segundo párrafo; 34, segundo párrafo; y 34 bis, tercer párrafo; además se adicionan los artículos Quinto bis, Quinto ter y Quinto quáter de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, sobre derecho de audiencia.
El dictamen se devolvió con modificaciones a la Cámara de Diputados para los efectos del Artículo 72 constitucional.
Notimex
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