México.- El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) ordenó la suspensión de campañas de publicidad nacional de Izzi y Telmex, trasmitidas entre finales de 2015 y principios de 2016, por no proporcionar al público información completa y veraz sobre los servicios de telecomunicaciones que prestan.
Lo anterior, con el fin de salvaguardar el derecho de los usuarios a contar con información completa y veraz respecto de los servicios de telecomunicaciones que prestan los operadores de telefonía e internet fijo en el país.
En un comunicado, el organismo regulador expuso que el artículo 293 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) señala que el Instituto podrá definir, modificar y, en su caso, ordenar la suspensión de la información si ésta no cumple con ser veraz y completa.
Ello, sin perjuicio de las facultades conferidas a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
En el caso de Izzi, a “internet 3 veces más rápido” y, en el caso de Telmex, respecto al concepto “ilimitado”, conforme su tarifa registrada en supuestos determinados, en ambos casos se ordenó la suspensión de esa publicidad.
“Las empresas presentaron al Instituto sus argumentos y señalaron que modificaron la publicidad por lo que, una vez que el Ifetel verificó el cumplimiento de lo ordenado, determinó el cierre de ambos expedientes”, señaló.
Los resultados de las acciones de supervisión que realiza el Instituto pueden consultarse en el Registro Público de Concesiones, el cual está disponible en la página de internet del Ifetel.
Lo anterior, con el fin de salvaguardar el derecho de los usuarios a contar con información completa y veraz respecto de los servicios de telecomunicaciones que prestan los operadores de telefonía e internet fijo en el país.
En un comunicado, el organismo regulador expuso que el artículo 293 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) señala que el Instituto podrá definir, modificar y, en su caso, ordenar la suspensión de la información si ésta no cumple con ser veraz y completa.
Ello, sin perjuicio de las facultades conferidas a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
En el caso de Izzi, a “internet 3 veces más rápido” y, en el caso de Telmex, respecto al concepto “ilimitado”, conforme su tarifa registrada en supuestos determinados, en ambos casos se ordenó la suspensión de esa publicidad.
“Las empresas presentaron al Instituto sus argumentos y señalaron que modificaron la publicidad por lo que, una vez que el Ifetel verificó el cumplimiento de lo ordenado, determinó el cierre de ambos expedientes”, señaló.
Los resultados de las acciones de supervisión que realiza el Instituto pueden consultarse en el Registro Público de Concesiones, el cual está disponible en la página de internet del Ifetel.
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