México.- Rubén Núñez, líder de la sección 22 de la Coordiadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE) en el estado de Oaxaca, fue detenido acusado del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, los cuales ascienden a 24 millones de pesos, informó la Procuraduría General de la República (PGR).
De acuerdo con Gilberto Higuera Bernal, subprocurador de Control Regional de Procedimientos Penales y Amparo (Scrppa) una investigación realizada por la PGR determinó que empresas transferían a ese líder sindical -al que se identifica como dirigente de la SNTE y nunca hace mención de la CNTE- y otros integrantes de la organización gremial, los montos de la comisión ilegalmente pactada con la Sección 22 (3.5%) y éstos a su vez distraían esos recursos, mediante cheques o transferencias, para beneficio propio y para financiar las movilizaciones magisteriales.
“Se trata de una estrategia de estratificación y concentración de recursos, tanto por parte de las empresas involucradas, como de la organización sindical, para evadir los controles de blanqueo de activos que establece la ley de la materia, con el claro fin de impedir el conocimiento de tales cuentas y recursos así como el origen, propietarios y destino final de las mismas”, señaló.
En suma, el aprehendido, con conocimiento de su procedencia ilícita, adquirió, administró y aprovechó recursos económicos provenientes de adquisiciones y servicios erogados por sus propios agremiados, al amparo de convenios ilícitos, en beneficio propio y para el uso de sus actividades de movilización, utilizando las cuentas de la sección 22.
El monto de las operaciones con recursos de procedencia ilícita que fueron adquiridos y administrados por el dirigente magisterial, asciende a más de 24 millones de pesos, producto de depósitos que las empresas involucradas hicieron en el período comprendido de 2013 a 2015, en cumplimiento a los convenios calificados de ilícitos.
La conducta imputada a Rubén Núñez, consiste en la adquisición y/o administración de recursos económicos de procedencia ilícita, y posteriormente su utilización.
La ley prohíbe que la sección 22 suscriba ese tipo de convenios, dado el carácter eminentemente lucrativo, de conformidad con los artículos 378 de la Ley Federal del Trabajo y 79 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que prohíben a los sindicatos ejercer la función o profesión de comerciantes, con ánimo o fines de lucro.
Los sindicatos gozan de un régimen tributario de excepción, precisamente por el impedimento legal para realizar actividades lucrativas. Por tanto, solo pueden recibir recursos que provengan de una fuente lícita, lo que en el caso se transgredió.
Respecto a los mismos hechos hace algunas semanas fue aprehendido el secretario de Finanzas de la misma organización sindical, a quien el 22 de abril de este año se le dictado el auto de formal prisión.
La orden de detención, en contra del secretario general de la sección 22 de la CNTE, fue librada desde el día 14 de abril de 2016, al encontrarlo responsable del delito previsto y sancionado por el artículo 400 bis, fracción I, del Código Penal Federal.
La orden de aprehensión librada por el Juez Octavo de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México.
Apenas ayer, la misma PGR en un comunicado informó de detención de Francisco Villalobos por encontrar elementos de prueba suficientes para considerarlo probable responsable del delito de robo agravado.
Según la PGR, los hechos que ocurrieron en el año 2015, consisten en el robo de libros de texto gratuito propiedad de la Secretaría de Educación Pública. Durante el ilícito, resultó lesionada una persona.
De acuerdo con Gilberto Higuera Bernal, subprocurador de Control Regional de Procedimientos Penales y Amparo (Scrppa) una investigación realizada por la PGR determinó que empresas transferían a ese líder sindical -al que se identifica como dirigente de la SNTE y nunca hace mención de la CNTE- y otros integrantes de la organización gremial, los montos de la comisión ilegalmente pactada con la Sección 22 (3.5%) y éstos a su vez distraían esos recursos, mediante cheques o transferencias, para beneficio propio y para financiar las movilizaciones magisteriales.
“Se trata de una estrategia de estratificación y concentración de recursos, tanto por parte de las empresas involucradas, como de la organización sindical, para evadir los controles de blanqueo de activos que establece la ley de la materia, con el claro fin de impedir el conocimiento de tales cuentas y recursos así como el origen, propietarios y destino final de las mismas”, señaló.
En suma, el aprehendido, con conocimiento de su procedencia ilícita, adquirió, administró y aprovechó recursos económicos provenientes de adquisiciones y servicios erogados por sus propios agremiados, al amparo de convenios ilícitos, en beneficio propio y para el uso de sus actividades de movilización, utilizando las cuentas de la sección 22.
El monto de las operaciones con recursos de procedencia ilícita que fueron adquiridos y administrados por el dirigente magisterial, asciende a más de 24 millones de pesos, producto de depósitos que las empresas involucradas hicieron en el período comprendido de 2013 a 2015, en cumplimiento a los convenios calificados de ilícitos.
La conducta imputada a Rubén Núñez, consiste en la adquisición y/o administración de recursos económicos de procedencia ilícita, y posteriormente su utilización.
La ley prohíbe que la sección 22 suscriba ese tipo de convenios, dado el carácter eminentemente lucrativo, de conformidad con los artículos 378 de la Ley Federal del Trabajo y 79 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que prohíben a los sindicatos ejercer la función o profesión de comerciantes, con ánimo o fines de lucro.
Los sindicatos gozan de un régimen tributario de excepción, precisamente por el impedimento legal para realizar actividades lucrativas. Por tanto, solo pueden recibir recursos que provengan de una fuente lícita, lo que en el caso se transgredió.
Respecto a los mismos hechos hace algunas semanas fue aprehendido el secretario de Finanzas de la misma organización sindical, a quien el 22 de abril de este año se le dictado el auto de formal prisión.
La orden de detención, en contra del secretario general de la sección 22 de la CNTE, fue librada desde el día 14 de abril de 2016, al encontrarlo responsable del delito previsto y sancionado por el artículo 400 bis, fracción I, del Código Penal Federal.
La orden de aprehensión librada por el Juez Octavo de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México.
Apenas ayer, la misma PGR en un comunicado informó de detención de Francisco Villalobos por encontrar elementos de prueba suficientes para considerarlo probable responsable del delito de robo agravado.
Según la PGR, los hechos que ocurrieron en el año 2015, consisten en el robo de libros de texto gratuito propiedad de la Secretaría de Educación Pública. Durante el ilícito, resultó lesionada una persona.
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