Ciudad de México.- Por unanimidad, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las leyes anticorrupción de los estados de Chihuahua y Veracruz al considerar que los congresos locales no tienen facultades para aprobar esas normas, hasta en tanto no entrara en vigor las leyes generales del Sistema Nacional Anticorrupción.
Las normas declaradas inconstitucionales fueron consideradas desde un principio por los partidos de oposición y por diversas organizaciones como ilegítimas ya que buscaban “blindar” a los gobernadores de Chihuahua, Veracruz (Javier Duarte) y Quintana Roo (Roberto Borge) para evitar que dichos mandatarios fueran denunciados al término de sus mandatos por actos de corrupción.
Sin embargo, los ministros no emitieron expresamente un pronunciamiento sobre los “efectos” de sus sentencias respecto a los nombramientos y fiscalías formadas a partir de las leyes que fueron impugnadas, vía acción de inconstitucionalidad por la Procuraduría General de la República (PGR).
Los togados consideraron que por el tipo de asunto, sólo estaban en condiciones de declarar la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas y no podían invalidar expresamente el nombramiento del fiscal anticorrupción de Chihuahua, ni las fiscalías creadas ex profeso en ambas entidades-, aunque dieron por sentado que al invalidarse las normas, en consecuencia, todos los actos derivados de éstas quedan también derogados.
Los diez ministros presentes, no asistió Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, aprobaron en una sola sesión dos de las tres demandas que presentó la PGR en contra de los sistemas anticorrupción impugnados –la que fue presentada contra las autoridades de Quintana Roo será resuelta en los próximos días y, seguramente en los mismos términos- las cuales fueron revisadas de forma “prioritaria” a petición expresa del Senado de la República.
El documento, elaborado por el ministro José Ramón Cossío, declaraba la inconstitucionalidad de diversas reformas a la Constitución de Chihuahua y de la Ley Orgánica de la Fiscalía General, publicadas en el Decreto 1364/2016-II el 11 de junio pasado, por considerar que violan los artículos transitorios de la reforma constitucional de mayo de 2015, por haber emitido normas locales y aprobado un sistema local anticorrupción antes de que el Congreso de la Unión aprobara las leyes federales en la materia.
Enseguida, el pleno discutió y resolvió la acción de inconstitucionalidad contra las autoridades veracruzanas, en la que la PGR demandó la invalidez de reformas a la Constitución política y de las Leyes de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas, Orgánica de la Fiscalía General y Orgánica del Poder Judicial del Estado de Veracruz, avaladas por el Congreso de la entidad.
Las normas declaradas inconstitucionales fueron consideradas desde un principio por los partidos de oposición y por diversas organizaciones como ilegítimas ya que buscaban “blindar” a los gobernadores de Chihuahua, Veracruz (Javier Duarte) y Quintana Roo (Roberto Borge) para evitar que dichos mandatarios fueran denunciados al término de sus mandatos por actos de corrupción.
Sin embargo, los ministros no emitieron expresamente un pronunciamiento sobre los “efectos” de sus sentencias respecto a los nombramientos y fiscalías formadas a partir de las leyes que fueron impugnadas, vía acción de inconstitucionalidad por la Procuraduría General de la República (PGR).
Los togados consideraron que por el tipo de asunto, sólo estaban en condiciones de declarar la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas y no podían invalidar expresamente el nombramiento del fiscal anticorrupción de Chihuahua, ni las fiscalías creadas ex profeso en ambas entidades-, aunque dieron por sentado que al invalidarse las normas, en consecuencia, todos los actos derivados de éstas quedan también derogados.
Los diez ministros presentes, no asistió Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, aprobaron en una sola sesión dos de las tres demandas que presentó la PGR en contra de los sistemas anticorrupción impugnados –la que fue presentada contra las autoridades de Quintana Roo será resuelta en los próximos días y, seguramente en los mismos términos- las cuales fueron revisadas de forma “prioritaria” a petición expresa del Senado de la República.
El documento, elaborado por el ministro José Ramón Cossío, declaraba la inconstitucionalidad de diversas reformas a la Constitución de Chihuahua y de la Ley Orgánica de la Fiscalía General, publicadas en el Decreto 1364/2016-II el 11 de junio pasado, por considerar que violan los artículos transitorios de la reforma constitucional de mayo de 2015, por haber emitido normas locales y aprobado un sistema local anticorrupción antes de que el Congreso de la Unión aprobara las leyes federales en la materia.
Enseguida, el pleno discutió y resolvió la acción de inconstitucionalidad contra las autoridades veracruzanas, en la que la PGR demandó la invalidez de reformas a la Constitución política y de las Leyes de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas, Orgánica de la Fiscalía General y Orgánica del Poder Judicial del Estado de Veracruz, avaladas por el Congreso de la entidad.
La Jornada
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