Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) considera acotar la Ley de Seguridad Interior y pedirle al Congreso que legisle en materia del uso de la fuerza.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo propone darle validez constitucional a la participación de las Fuerzas Armadas en el combate a la delincuencia organizada, pero elimina atribuciones que el Congreso le había dado a los militares.
En el proyecto de resolución que se prevé discutir a partir del 12 de noviembre, el ministro establece que las Fuerzas Armadas pueden participar en tareas de seguridad pública, de manera subsidiaria y auxiliar de las autoridades civiles, pero solo para la atención de amenazas a la seguridad interior.
Dice que la Ley de Seguridad Interior (LSI) se debe ajustar para que las movilizaciones sociales que se hagan conforme a la Constitución no sean consideradas como una amenaza a la seguridad interior.
También pretende que se eliminen las restricciones de acceso a la información establecidas en la Ley, vigente desde diciembre pasado.Pardo Rebolledo es el ministro encargado de los juicios constitucionales interpuestos en contra de la LSI aprobada por la entonces mayoría del PRI y el PAN en el Legislativo y publicada por el presidente Enrique Peña el 21 de diciembre de 2017.
Pardo Rebolledo es el ministro encargado de los juicios constitucionales interpuestos en contra de la LSI aprobada por la entonces mayoría del PRI y el PAN en el Legislativo y publicada por el presidente Enrique Peña el 21 de diciembre de 2017.
Eliminación del artículo 6 de la LSI
El ministro propone eliminar el artículo 6 que permite al gobierno federal, incluidos el Ejército y la Marina, intervenir sin necesidad de una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior.
La Ley establece que la Declaratoria debe ser emitida por el presidente de la República y que éste la pueda prorrogar en caso de persistir los riesgos a la seguridad interior.
Pero el ministro considera declarar inconstitucional las prórrogas en esos términos porque no limita su número, duración y alcance.
El “precepto es inconstitucional” porque las autoridades federales, incluidas las Fuerzas Armadas pueden poner en marcha medidas para la atención considerados en la Agenda Nacional de Riesgos, “sin realizar una delimitación objetiva del alcance de las acciones y los riesgos a los que se refiere”.
Eso significaría “actuar fuera de lo excepcional”, sin tomar en cuenta los propios principios excepcionales de la ley, dice el ministro en el proyecto de resolución que se prevé discutir para mediados de noviembre.
Pardo, quien pretende la presidencia de la Suprema Corte a partir de enero, cuando termine el periodo del ministro Luis María Aguilar, propone también eliminar el concepto de uso legítimo de la fuerza por parte de los militares para controlar actos de resistencia.
Señaló que desde 2013 está pendiente que el Congreso regule el concepto de “uso legítimo de la fuerza” y pidió que se haga en el próximo periodo ordinario de sesiones.
En la propuesta que discutirá el pleno de ministros también se considera invalidar que toda la información generada en las acciones de seguridad interior sea clasificada como de seguridad nacional y, en consecuencia, reservada. Antes de su clasificación, la información se debe someter la información a la prueba de daño, considera.
La Corte podría definir los alcances constitucionales de la ley pocos días antes de que el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, asuma la presidencia de la República el 1 de diciembre.
López Obrador ha avalado la participación de los militares en el combate a la delincuencia organizada y ha evitado pronunciarse sobre la LSI.
Proceso
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