jueves, 12 de mayo de 2022

Comisiones mexiquenses avalan cárcel por robo de agua

 La sanción por obtener un beneficio a través del agua corresponde a una multa económica de hasta 19 mil pesos y de 2 a 6 años de cárcel.

Diputados del Estado de México avalaron en comisiones la reforma en el Código Penal de la entidad para castigar con hasta seis años de cárcel a quien extraiga, distribuya o suministre agua potable de la infraestructura estatal para venderla y obtener beneficios económicos. 

El dictamen que someterán este jueves a votación en el pleno establece la sanción de 2 a 6 años de prisión y de 50 a 200 Unidades de Medida y Actualización, correspondiente a 19 mil pesos aproximadamente, a quien distribuya o suministre agua potable a través de pipa u otro medio de almacenamiento, sin contar con el permiso de distribución o la evaluación correspondiente. 

Daniel Sibaja González indicó que esto representa un gran avance por la venta a gran escala del vital líquido que actualmente se lleva a cabo con ganancias superiores a mil millones de pesos anualmente, de acuerdo a las estimaciones que han hecho autoridades vinculadas con el tema.

Agregó que el tema es penalizado a nivel federal, pero faltaba bajarlo a nivel local para que las autoridades no siguieran “echándose la bolita” y sea el gobierno del estado quien vigile y sancione, por lo cual era necesario acotarlo para que realmente se pueda aplicar. 

“A quien distribuya agua potable a través de pipa, y la extraiga u obtenga de una fuente de abastecimiento diversa a la autorizada, se le impondrá de uno a tres años de prisión y de 25 a 100 UMAs.

El legislador subrayó que lo importante es recuperar el agua y enviarla a donde no se tiene el recurso porque el robo de agua se estima en miles de millones de metros cúbicos, caso que afecta a decenas de comunidades sin el servicio de agua potable.

“Al que sin causa justificada altere, impida o restrinja de cualquier forma el flujo de agua destinado al suministro de los usuarios de dicho servicio, se impondrá de dos a seis años de prisión y de 50 a 200 UMAs” precisó. 

El dictamen establece sanciones para quien se apropie ilegalmente del agua potable de la infraestructura hidráulica, con agravantes si se trata de un servidor público vinculado con el tema. 

También se definió al delito de sustracción o apropiación de agua potable el comercializar o explotar agua potable sustraída o apropiada; almacenar, ocultar, poseer o resguardar agua potable sustraída o apropiada para su uso o consumo en cualquier modalidad; además de transportar, suministrar o distribuirla.

El diputado dejó claro que el objetivo es castigar a quien roba agua a gran escala y que por ello también se sancionará al poseedor de un inmueble donde se encuentre una toma de agua potable ilegal. 



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