Tribunal del Edomex desechó impugnaciones por paridad de género
Edomex.- El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) desechó impugnaciones por tema de paridad de género, por considerar que no se puede vulnerar la voluntad ciudadana y que los partidos cumplieron con paridad en la postulación que es lo que obliga la ley.
Asimismo, concluyó las impugnaciones contra resultados de elecciones para elegir a diputados locales y determinó que a pesar de la anulación de 76 casillas, no sufrió ningún cambio la lista de diputados plurinominales.
Sobre la equidad, se abordaron 18 juicios ciudadanos locales, donde las actoras dieron a conocer que se violentó la paridad de género, incluida la asignación de diputados de representación proporcional, aunque fijos agravios fueron considerados como infundados.
Se dio a conocer que en la entidad se cumple con el principio de paridad que establecen las convenciones y tratados internacionales, al encontrarse garantizada la postulación y registro de mujeres en la misma proporción que los hombres, de este modo, es el derecho de los ciudadanos votantes quienes definen la integración final de sus órganos de representación.
Además se destaca, que en el proceso electoral que transcurre, los partidos políticos cumplieron con el registro de sus candidatos a diputados locales por ambos principios, en acatamiento del principio de paridad de género no sólo cuantitativa sino cualitativamente, ya que, por ejemplo, los partidos políticos del PRD y PAN tuvieron que realizar un nuevo registro en el que se contemplará a mujeres en distritos en donde esos institutos políticos obtuvieran mayores votaciones ciudadanas.
Es así que como consecuencia de la voluntad ciudadana expresada en las urnas, el triunfo lo obtuvieron 19 mujeres y 26 hombres, a pesar de estar jurídica y materialmente garantizada la igualdad de participación de ambos géneros.
“El Tribunal cumplió con la obligación de resolver la totalidad de los medios de impugnación vinculados con la conformación de la Legislatura”.
Asimismo, concluyó las impugnaciones contra resultados de elecciones para elegir a diputados locales y determinó que a pesar de la anulación de 76 casillas, no sufrió ningún cambio la lista de diputados plurinominales.
Sobre la equidad, se abordaron 18 juicios ciudadanos locales, donde las actoras dieron a conocer que se violentó la paridad de género, incluida la asignación de diputados de representación proporcional, aunque fijos agravios fueron considerados como infundados.
Se dio a conocer que en la entidad se cumple con el principio de paridad que establecen las convenciones y tratados internacionales, al encontrarse garantizada la postulación y registro de mujeres en la misma proporción que los hombres, de este modo, es el derecho de los ciudadanos votantes quienes definen la integración final de sus órganos de representación.
Además se destaca, que en el proceso electoral que transcurre, los partidos políticos cumplieron con el registro de sus candidatos a diputados locales por ambos principios, en acatamiento del principio de paridad de género no sólo cuantitativa sino cualitativamente, ya que, por ejemplo, los partidos políticos del PRD y PAN tuvieron que realizar un nuevo registro en el que se contemplará a mujeres en distritos en donde esos institutos políticos obtuvieran mayores votaciones ciudadanas.
Es así que como consecuencia de la voluntad ciudadana expresada en las urnas, el triunfo lo obtuvieron 19 mujeres y 26 hombres, a pesar de estar jurídica y materialmente garantizada la igualdad de participación de ambos géneros.
“El Tribunal cumplió con la obligación de resolver la totalidad de los medios de impugnación vinculados con la conformación de la Legislatura”.
Edomex al Día



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