jueves, 27 de octubre de 2016

Inconstitucional exigir a candidatos su 3de3: Corte

Ciudad de México.- Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) afirmaron que es inconstitucional que se exiga la presentación de su declaración 3de3 a candidatos a puestos de elección popular.
De acuerdo al periódico Reforma, durante la sesión del Pleno, siete de 10 ministros se pronunciaron este jueves por invalidar una reforma aprobada en junio en Coahuila, donde se ordena presentar su declaración patrimonial, fiscal y de conflicto de intereses ante el Instituto Electoral del Estado (IEE) a los candidatos a gobernador, diputados locales e integrantes de los ayuntamientos.
A pesar de que hubo una mayoría, fue insuficiente para invalidar la fracción del Artículo 10 del Código Electoral de Coahuila, por lo que sigue vigente y los aspirantes tendrán que presentar su 3de3.
Cabe resaltar que fue la primera vez que la SCJN discutió la posibilidad de que se ordene a los candidatos a presentar este tipo de declaraciones, ya que actualmente sólo se exige ésta a los que ya son servidores públicos y no para quienes sólo aspiran a serlo.
"Me parece que es complementaren legítimo, en libertad de configuración de las entidades, que la ciudadanía sepa cuál es el patrimonio, impuestos y en su caso conflictos de interés que se presentan", dijo el ministro Arturo Zaldívar.
Agregó que la norma de Coahuila es razonable, pues la Constitución federal ya contempla el nuevo Sistema Nacional Anticorrupción, en el que las declaraciones 3de3 son obligatorias para los servidores públicos, aunque aún queda por definirse cómo serán publicadas.
Javier Láynez y Norma Piña también votaron por la validez, mientras que los demás ministros apoyaron el proyecto de Fernando Franco, que declaraba la invalidez de ese requisito.
El proyecto de Franco define que la ley 3de3 en la Constitución federal "está circunscrita a los servidores públicos, entre los cuales se encuentran los representantes de elección popular, mas no para los ciudadanos que aspiran a los cargos de Gobernador, diputados locales e integrantes de los ayuntamientos, en tanto que aún no son servidores públicos".
Debido a que no existe una mayoría de ocho por la invalidez, ni de seis por la validez, la acción de inconstitucionalidad fue desestimada en este tema y la sentencia final no contendrá un pronunciamiento de la Corte.
En tanto, el Pleno sí alcanzó mayoría para invalidar que los candidatos presenten reporte de examen antidoping, tema en el que ya había precedentes, y carta de no antecedentes penales.

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