Ciudad de México.- Quien emita facturas, declaraciones, avisos por compras o ventas y tengan el nombre de Distrito Federal y no el de CDMX, serán acreedores a una multa.
Las facturas fechadas hasta el 31 de enero, serán aceptadas por el fisco mexicano, si es que aún se utiliza el nombre anterior de la entidad, luego de esta fecha, si cometes este error al facturar puedes hacerte acreedor de una multa que puede ir desde los 920 hasta los 3 mil 80 pesos, de acuerdo a los artículos 81 y 82 del Código Fiscal de la Federación (CFF), y que depende del tipo del documento en el que haya quedado el error.
Después de este plazo, si se pone Distrito Federal, puede considerarse como un error, y por cada error, dependiendo del documento, se aplica una sanción económica para quien genera la factura, refirió Juan Manuel Franco, integrante de la comisión fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
En tanto para clientes puede suceder que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) determine que el comprobante no es válido para hacer algún gasto deducible, si el emisor de la factura cometió el error de escribir Distrito Federal, indicó Franco.
Carlos Cárdenas, consejero independiente, apuntó que los cambios para que este nombre aplique deberán ser realizados por los proveedores de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet desde el programa que sirve para emitir facturas.
Refirió que este plazo, se dio en mayo del año pasado con el objetivo de marcar un periodo de transición, para que diseñadores y proveedores de software hicieran los cambios necesarios.
Las facturas fechadas hasta el 31 de enero, serán aceptadas por el fisco mexicano, si es que aún se utiliza el nombre anterior de la entidad, luego de esta fecha, si cometes este error al facturar puedes hacerte acreedor de una multa que puede ir desde los 920 hasta los 3 mil 80 pesos, de acuerdo a los artículos 81 y 82 del Código Fiscal de la Federación (CFF), y que depende del tipo del documento en el que haya quedado el error.
Después de este plazo, si se pone Distrito Federal, puede considerarse como un error, y por cada error, dependiendo del documento, se aplica una sanción económica para quien genera la factura, refirió Juan Manuel Franco, integrante de la comisión fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
En tanto para clientes puede suceder que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) determine que el comprobante no es válido para hacer algún gasto deducible, si el emisor de la factura cometió el error de escribir Distrito Federal, indicó Franco.
Carlos Cárdenas, consejero independiente, apuntó que los cambios para que este nombre aplique deberán ser realizados por los proveedores de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet desde el programa que sirve para emitir facturas.
Refirió que este plazo, se dio en mayo del año pasado con el objetivo de marcar un periodo de transición, para que diseñadores y proveedores de software hicieran los cambios necesarios.
El Financiero
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