Ciudad de México.- Con la Ley General del Servicio Profesional Docente, que hoy entra en vigor, la disposición de despido automático por tres faltas injustificadas aplicará el próximo miércoles para los maestros en paro que no regresen a sus labores frente a grupo a más tardar el martes.
El servidor público del sistema educativo nacional, el personal docente (...) que incumpla con la asistencia a sus labores por más de tres días consecutivos o discontinuos, en un periodo de treinta días naturales, sin causa justificada, será separado del servicio”, señala el artículo 76 de la ley docente.
Esa disposición legal sujeta por igual a los maestros con base definitiva y de nuevo ingreso.
Los docentes que están en protesta en el Distrito Federal desde hace tres semanas, por ejemplo tienen sólo hoy, mañana y el martes —el lunes es día de descanso obligatorio— para regresar a sus aulas; de lo contrario rebasarán los tres días de tolerancia que tienen en septiembre para ausentarse de sus labores sin justificación.
Al respecto, los coordinadores de los grupos parlamentarios en el Senado señalaron que la nueva legislación deberá cumplirse.
De acuerdo con el artículo 76 de la llamada ley docente, “con el propósito de asegurar la continuidad en el servicio educativo, el servidor público del sistema educativo nacional, el personal docente y el personal con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que incumpla con la asistencia a sus labores por más de tres días consecutivos o discontinuos, en un periodo de treinta días naturales, sin causa justificada, será separado del servicio”.
Así, los maestros y comisionados que están en protesta en el Distrito Federal desde hace tres semanas tienen sólo jueves, viernes y martes –el lunes 16 de septiembre es día de descanso obligatorio– para regresar a sus aulas, pues de lo contrario rebasarán los tres días de tolerancia que tienen en el mes, en este caso septiembre, para ausentarse de sus labores sin justificación.
La Ley del Servicio Profesional Docente fue publicada hoy en el Diario Oficial.
El servidor público del sistema educativo nacional, el personal docente (...) que incumpla con la asistencia a sus labores por más de tres días consecutivos o discontinuos, en un periodo de treinta días naturales, sin causa justificada, será separado del servicio”, señala el artículo 76 de la ley docente.
Esa disposición legal sujeta por igual a los maestros con base definitiva y de nuevo ingreso.
Los docentes que están en protesta en el Distrito Federal desde hace tres semanas, por ejemplo tienen sólo hoy, mañana y el martes —el lunes es día de descanso obligatorio— para regresar a sus aulas; de lo contrario rebasarán los tres días de tolerancia que tienen en septiembre para ausentarse de sus labores sin justificación.
Al respecto, los coordinadores de los grupos parlamentarios en el Senado señalaron que la nueva legislación deberá cumplirse.
De acuerdo con el artículo 76 de la llamada ley docente, “con el propósito de asegurar la continuidad en el servicio educativo, el servidor público del sistema educativo nacional, el personal docente y el personal con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que incumpla con la asistencia a sus labores por más de tres días consecutivos o discontinuos, en un periodo de treinta días naturales, sin causa justificada, será separado del servicio”.
Así, los maestros y comisionados que están en protesta en el Distrito Federal desde hace tres semanas tienen sólo jueves, viernes y martes –el lunes 16 de septiembre es día de descanso obligatorio– para regresar a sus aulas, pues de lo contrario rebasarán los tres días de tolerancia que tienen en el mes, en este caso septiembre, para ausentarse de sus labores sin justificación.
La Ley del Servicio Profesional Docente fue publicada hoy en el Diario Oficial.
Excelsior
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