Ciudad de México.- El Estado Mexicano pintó raya con la Santa Sede sobre temas sensibles como el derecho a la vida y el matrimonio, luego de que ésta le recomendara establecer límites y proteger la vida desde la concepción y reconocer al matrimonio como la unión única de un hombre y una mujer.
El pasado mes de octubre, México se sometió al Examen Periódico Universal (EPU) ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, durante el cual los estados miembro emitieron 176 recomendaciones sobre temas que consideraron sensibles y vulnerables en el país.
Entonces la Santa Sede recomendó a México proteger el derecho a la vida desde la concepción y el matrimonio, entendido como la unión de hombre y mujer:
“Respetar y defender la vida desde su concepción hasta la muerte natural, según las enmiendas de las constituciones estatales, y promover una protección equivalente a nivel federal y local”.
“Preservar y proteger la institución natural de la familia y el matrimonio como la unión conyugal entre un hombre y una mujer basada en el libre consentimiento”.
En las respuestas, que serán presentadas de manera pública este jueves 20 de marzo en Ginebra y que ya están disponibles en la página de la Secretaría de Relaciones Exteriores, el Estado Mexicano no rechazó ni aceptó las recomendaciones, pero argumentó impedimentos jurisdiccionales para estar de acuerdo con las peticiones de la Santa Sede.
Sobre el derecho a la vida, que México reafirma su respeto y protección conforme al artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos –que la protege desde la concepción-, a nivel de legislación nacional, pero argumentó que el pacto federal le impide ese cumplimiento en los estados.
“La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha confirmado la facultad de las entidades federativas de legislar en este ámbito, atendiendo a la distribución de competencias que establece la Constitución, por lo que no se puede implementar la recomendación 148.48 en tanto no es posible asegurar la uniformidad en las distintas legislaciones, con base en el Pacto Federal vigente”, respondió.
Actualmente, 17 estados protegen la vida desde la concepción en sus constituciones locales, por lo que el aborto está penado: Baja California, Colima, Chiapas, Morelos, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas y Yucatán. El resto de los no regulan el derecho a la vida desde el momento de la concepción.
Sobre la protección a la familia y el matrimonio, el Estado Mexicano dijo respetarlo conforme a lo establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos –que reconoce el derecho de los hombres y las mujeres a casarse sin importar motivos de raza, religión o nacionalidad-, sin embargo aclara que no existe una norma internacional que defina las características que deba tener la familia, ya que la Declaración sólo la define como “el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del estado”.
Al mismo tiempo, argumentó que el artículo 1 constitucional reconoce el derecho a la no discriminación.
“La SCJN ha reafirmado lo anterior, al determinar la inconstitucionalidad de legislación que menoscaba la autodeterminación de las personas y el derecho al libre desarrollo de su personalidad, incluso estableciendo que las normas que conceptualizan el matrimonio de forma discriminatoria son inconstitucionales. Por lo anterior, el Estado mexicano no se encuentra en posibilidad de implementar esta recomendación”.
La Santa Sede también recomendó garantizar la aplicación de la enmienda al articulo 24 constitucional, relativo a la libertad religiosa, lo cual sí aceptó.
El pasado mes de octubre, México se sometió al Examen Periódico Universal (EPU) ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, durante el cual los estados miembro emitieron 176 recomendaciones sobre temas que consideraron sensibles y vulnerables en el país.
Entonces la Santa Sede recomendó a México proteger el derecho a la vida desde la concepción y el matrimonio, entendido como la unión de hombre y mujer:
“Respetar y defender la vida desde su concepción hasta la muerte natural, según las enmiendas de las constituciones estatales, y promover una protección equivalente a nivel federal y local”.
“Preservar y proteger la institución natural de la familia y el matrimonio como la unión conyugal entre un hombre y una mujer basada en el libre consentimiento”.
En las respuestas, que serán presentadas de manera pública este jueves 20 de marzo en Ginebra y que ya están disponibles en la página de la Secretaría de Relaciones Exteriores, el Estado Mexicano no rechazó ni aceptó las recomendaciones, pero argumentó impedimentos jurisdiccionales para estar de acuerdo con las peticiones de la Santa Sede.
Sobre el derecho a la vida, que México reafirma su respeto y protección conforme al artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos –que la protege desde la concepción-, a nivel de legislación nacional, pero argumentó que el pacto federal le impide ese cumplimiento en los estados.
“La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha confirmado la facultad de las entidades federativas de legislar en este ámbito, atendiendo a la distribución de competencias que establece la Constitución, por lo que no se puede implementar la recomendación 148.48 en tanto no es posible asegurar la uniformidad en las distintas legislaciones, con base en el Pacto Federal vigente”, respondió.
Actualmente, 17 estados protegen la vida desde la concepción en sus constituciones locales, por lo que el aborto está penado: Baja California, Colima, Chiapas, Morelos, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas y Yucatán. El resto de los no regulan el derecho a la vida desde el momento de la concepción.
Sobre la protección a la familia y el matrimonio, el Estado Mexicano dijo respetarlo conforme a lo establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos –que reconoce el derecho de los hombres y las mujeres a casarse sin importar motivos de raza, religión o nacionalidad-, sin embargo aclara que no existe una norma internacional que defina las características que deba tener la familia, ya que la Declaración sólo la define como “el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del estado”.
Al mismo tiempo, argumentó que el artículo 1 constitucional reconoce el derecho a la no discriminación.
“La SCJN ha reafirmado lo anterior, al determinar la inconstitucionalidad de legislación que menoscaba la autodeterminación de las personas y el derecho al libre desarrollo de su personalidad, incluso estableciendo que las normas que conceptualizan el matrimonio de forma discriminatoria son inconstitucionales. Por lo anterior, el Estado mexicano no se encuentra en posibilidad de implementar esta recomendación”.
La Santa Sede también recomendó garantizar la aplicación de la enmienda al articulo 24 constitucional, relativo a la libertad religiosa, lo cual sí aceptó.
Animal Político
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