Toluca, México.- En 2010, las lluvias provocaron el desborde del Río La Compañía inundando tres municipios del Estado de México.
Alrededor de 800 damnificados demandaron a la Comisión Nacional del Agua (Conagua), con la finalidad de que les reparará el daño provocado, pues señalan que debido a la negligencia de la dependencia, se inundaron las viviendas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), informó que se resolverán 50 amparos directos que llegaron a la Corte, y a partir del criterio que emita en materia de responsabilidad patrimonial del Estado se definirán todos los demás juicios de garantías y demandas que interpusieron los afectados; ahora los expedientes quedarán "congelados", en espera de la resolución de los ministros.
Tocará al máximo tribunal del país interpretar el artículo 113, párrafo segundo de la Constitución: "Que versa sobre la responsabilidad patrimonial del Estado (gobierno federal), por los daños sufridos por diversas personas físicas con motivo de las inundaciones provocadas por lluvias que a su vez ocasionaron el desbordamiento del Canal de la Compañía (aguas negras o residuales) ocurrido los días 4 y 5 de febrero de 2010, en los municipios de Valle de Chalco, Ecatepec, Nezahulacóyotl,
Muchas de las demandas interpuestas están en diversos Tribunales Colegiados de Circuito, por lo que éstos no podrán resolverse hasta que la SCJN emita el criterio sobre la indemnización que los afectados piden al gobierno federal.
Alrededor de 800 damnificados demandaron a la Comisión Nacional del Agua (Conagua), con la finalidad de que les reparará el daño provocado, pues señalan que debido a la negligencia de la dependencia, se inundaron las viviendas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), informó que se resolverán 50 amparos directos que llegaron a la Corte, y a partir del criterio que emita en materia de responsabilidad patrimonial del Estado se definirán todos los demás juicios de garantías y demandas que interpusieron los afectados; ahora los expedientes quedarán "congelados", en espera de la resolución de los ministros.
Tocará al máximo tribunal del país interpretar el artículo 113, párrafo segundo de la Constitución: "Que versa sobre la responsabilidad patrimonial del Estado (gobierno federal), por los daños sufridos por diversas personas físicas con motivo de las inundaciones provocadas por lluvias que a su vez ocasionaron el desbordamiento del Canal de la Compañía (aguas negras o residuales) ocurrido los días 4 y 5 de febrero de 2010, en los municipios de Valle de Chalco, Ecatepec, Nezahulacóyotl,
Muchas de las demandas interpuestas están en diversos Tribunales Colegiados de Circuito, por lo que éstos no podrán resolverse hasta que la SCJN emita el criterio sobre la indemnización que los afectados piden al gobierno federal.
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