Estado de México.- Un Tribunal Colegiado otorgó un amparo a una persona que renunció al derecho del juicio oral, debido a que el Juez de Control no le explicó los alcances y consecuencias del procedimiento abreviado, al cual el quejoso optó, lo que implicó renunciar a gran parte de sus posibilidades de defensa dentro del nuevo procedimiento legal.
Por unanimidad de votos, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito determinó que juez de Control del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México, vulneró el derecho humano del imputado, al no cerciorarse si conocía o no las consecuencias de optar por procedimiento abreviado, en lugar del juicio oral.
Quadratin
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