Xalapa, Ver.- El proyecto de acuerdo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a cargo del ministro Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea propone declarar la invalidez de 40 artículos del Código Electoral de Veracruz y validar la constitucionalidad de 27, declarando procedentes y parciamente fundadas las acciones de inconstitucionalidad presentadas por el PAN, PRD, MC, y Morena.
En la sesión de este jueves, el ministro presentó el proyecto, que será sometido a discusión el próximo lunes en sesión, donde se analizarán de forma integral el proyecto y se votará la resolución de los mismos.
El proyecto declara procedentes y parcialmente fundadas las acciones de inconstitucionalidad 50/2015 y 56/ 2015 promovidas por el Partido Movimiento Ciudadano y el PRD, así como las 55 /2015 y 58/2015, promovidas por el PAN y por Morena.
También propone sobreseer la acción de inconstitucionalidad 55 /2015 respecto del párrafo Segundo del artículo cuarto transitorio y la 58/2015 respecto a los artículos 10, 175, 261 (fracciones segunda y tercera), así como el 284, 285 y 286.
A detalle el proyecto señala:
Se reconoce la validez de los artículos 16 (párrafo primero y sexto, 29 (fracciones sexta y séptima); además el artículo 39, 31; 32; 35;40;41; 42 (fracción quinta), 48 (con excepciones); 50 (Apartado d, fracción tercera), 69; 108 (fracciones decimal y trigésima séptima) , 115 (algunas fracciones); 122, 140 (párrafo primero), 147 (párrafo primero) , 154; 155; 233; 262; 267 ( fracciones primera y segunda); 269; 287 (fracciones segunda y quinta); 290, 293 y 410 del código 577 de Veracruz publicado el 1 de Julio pasado.
A su vez, se declara la invalidez de los artículos : 16 (último párrafo), 38, 39, 47 (parcial); 48 (parcial); 49 (parcial), 50 (apartado D fracción cuarta); 67, 70 (fracción quinta); 82; 83; 84; 85; 86; 87, 88, 89, 90, 101 (fracciones sexta inciso E, novena inciso a último párrafo); 108 (fracción 44); 113 (fracción 6); 114 (párrafo 2,3,4 y 5) , 115 ( fracción 18); 116 ( párrafo 1); 123, 162 165, 166, 167, 173 (apartado A fracción 4, Apartado D fracción 13 y párrafo Segundo y tercero); 238 (fracción 1 inciso A); 288 (fracción 9) , 296, 305, 315 (fracción cuarta en la porción normativa), 319, 408, así como los artículos transitorios octavo (último párrafo), novena y decimo.
Durante la sesión, también con 8 votos en contra se desechó la acción de inconstitucionalidad en contra del proceso de votación del código electoral en el Congreso Local.
En la sesión de este jueves, el ministro presentó el proyecto, que será sometido a discusión el próximo lunes en sesión, donde se analizarán de forma integral el proyecto y se votará la resolución de los mismos.
El proyecto declara procedentes y parcialmente fundadas las acciones de inconstitucionalidad 50/2015 y 56/ 2015 promovidas por el Partido Movimiento Ciudadano y el PRD, así como las 55 /2015 y 58/2015, promovidas por el PAN y por Morena.
También propone sobreseer la acción de inconstitucionalidad 55 /2015 respecto del párrafo Segundo del artículo cuarto transitorio y la 58/2015 respecto a los artículos 10, 175, 261 (fracciones segunda y tercera), así como el 284, 285 y 286.
A detalle el proyecto señala:
Se reconoce la validez de los artículos 16 (párrafo primero y sexto, 29 (fracciones sexta y séptima); además el artículo 39, 31; 32; 35;40;41; 42 (fracción quinta), 48 (con excepciones); 50 (Apartado d, fracción tercera), 69; 108 (fracciones decimal y trigésima séptima) , 115 (algunas fracciones); 122, 140 (párrafo primero), 147 (párrafo primero) , 154; 155; 233; 262; 267 ( fracciones primera y segunda); 269; 287 (fracciones segunda y quinta); 290, 293 y 410 del código 577 de Veracruz publicado el 1 de Julio pasado.
A su vez, se declara la invalidez de los artículos : 16 (último párrafo), 38, 39, 47 (parcial); 48 (parcial); 49 (parcial), 50 (apartado D fracción cuarta); 67, 70 (fracción quinta); 82; 83; 84; 85; 86; 87, 88, 89, 90, 101 (fracciones sexta inciso E, novena inciso a último párrafo); 108 (fracción 44); 113 (fracción 6); 114 (párrafo 2,3,4 y 5) , 115 ( fracción 18); 116 ( párrafo 1); 123, 162 165, 166, 167, 173 (apartado A fracción 4, Apartado D fracción 13 y párrafo Segundo y tercero); 238 (fracción 1 inciso A); 288 (fracción 9) , 296, 305, 315 (fracción cuarta en la porción normativa), 319, 408, así como los artículos transitorios octavo (último párrafo), novena y decimo.
Durante la sesión, también con 8 votos en contra se desechó la acción de inconstitucionalidad en contra del proceso de votación del código electoral en el Congreso Local.
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