Por: Emiliano Mateo Carrillo Carrasco
Texcoco, Méx.- Frente a la gran problemática por falta de espacios para el estacionamiento de vehículos, la solución fue que desde el gobierno priista se colocaran parquímetros con Amado Acosta edil 2009-2012 y como diputado federal Manuel Cadena Morales, ahora resulta que para el regidor José Manuel Cadena Ortiz, regidor de representación proporcional del PRI, es injusto que se pague una cuota y que otorga boleto con límite de tiempo, y a la vez el recurso se destina para obras de diversa índole en cada una de las comunidades texcocanas, donde su progenitor, el Ing. Manuel cadena Morales trae la modalidad de los parquímetros para una empresa privada .
Desde luego que, el comentario del edil del denominado tricolor, es meramente político, porque si se recuerda su señor padre –Manuel Cadena Morales- fue quien dio la idea, ahora resulta que no se justifica dicha cuota de estacionamiento en la vía pública donde gracias a los recursos emanados son utilizados en forma eficiente para políticas publicas 2012-2016 con presidentes municipales .
Las acciones de concentración del poder público de los dos niveles de gobierno el federal y el estatal ante la política de discrecionalidad y centralismo. La crisis que pasa el país en recursos y su argumentación de estos dos niveles de gobierno en recortar presupuesto al municipio de Texcoco.
Las facultades del artículo 115 como instrumento de gobierno y de la sana convivencia con sus pares, que permitan el sano desarrollo de cada región o municipio; con relación a la fracción IV (HACIENDA MUNICIPAL). Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, y en todo caso:
a) Percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los Estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.
Los municipios podrán celebrar convenios con el Estado para que éste se haga cargo de algunas de las funciones relacionadas con la administración de esas contribuciones.
b) Las participaciones federales, que serán cubiertas por la Federación a los Municipios con arreglo a las bases, montos y plazos que anualmente se determinen por las Legislaturas de los Estados.
c) Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.
Las leyes federales no limitarán la facultad de los Estados para establecer las contribuciones a que se refieren los incisos a) y c), ni concederán exenciones en relación con las mismas.
Las leyes estatales no establecerán exenciones o subsidios en favor de persona o institución alguna respecto de dichas contribuciones. Sólo estarán exentos los bienes de dominio público de la Federación, de los Estados o los Municipios, salvo que tales bienes sean utilizados por entidades paraestatales o por particulares.
Las legislaturas de los Estados aprobarán las leyes de ingresos de los municipios, revisarán y fiscalizarán sus cuentas públicas Manuel cadena Morales, que perdió la presidencia municipal en el 2012, con la profesora delfina Gómez, nativa de Texcoco.
El segundo intento de apropiarse del territorio de Texcoco en la elección municipal del 2015 con su abanderado de antorcha y el grupo de poder, este instituto fue vencido por el texcocano Higinio Martínez Miranda.
Las acciones de concentración del poder público de los dos niveles de gobierno el federal y el estatal ante la política de discrecionalidad y centralismo. La crisis que pasa el país en recursos y su argumentación de estos dos niveles de gobierno en recortar presupuesto al municipio de Texcoco.
Las facultades del artículo 115 como instrumento de gobierno y de la sana convivencia con sus pares, que permitan el sano desarrollo de cada región o municipio; con relación a la fracción IV (HACIENDA MUNICIPAL). Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor, y en todo caso:
a) Percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezcan los Estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.
Los municipios podrán celebrar convenios con el Estado para que éste se haga cargo de algunas de las funciones relacionadas con la administración de esas contribuciones.
b) Las participaciones federales, que serán cubiertas por la Federación a los Municipios con arreglo a las bases, montos y plazos que anualmente se determinen por las Legislaturas de los Estados.
c) Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.
Las leyes federales no limitarán la facultad de los Estados para establecer las contribuciones a que se refieren los incisos a) y c), ni concederán exenciones en relación con las mismas.
Las leyes estatales no establecerán exenciones o subsidios en favor de persona o institución alguna respecto de dichas contribuciones. Sólo estarán exentos los bienes de dominio público de la Federación, de los Estados o los Municipios, salvo que tales bienes sean utilizados por entidades paraestatales o por particulares.
Las legislaturas de los Estados aprobarán las leyes de ingresos de los municipios, revisarán y fiscalizarán sus cuentas públicas Manuel cadena Morales, que perdió la presidencia municipal en el 2012, con la profesora delfina Gómez, nativa de Texcoco.
El segundo intento de apropiarse del territorio de Texcoco en la elección municipal del 2015 con su abanderado de antorcha y el grupo de poder, este instituto fue vencido por el texcocano Higinio Martínez Miranda.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario