Estado de México.- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México emitió una recomendación a la directora general del Instituto de Salud del Estado de México en la que determinó indemnización a deudos de una víctima, quien no recibió la atención médica requerida y cuyas deficiencias en la praxis la llevaron a la muerte en el hospital General Las Américas, de Ecatepec.
El organismo concluyó con base en peritajes, que existió abandono de la paciente por parte de médicos adscritos al servicio de urgencias, con lo cual trasgredieron la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.
De acuerdo con la investigación, a pesar de que la persona afectada tuvo fractura expuesta de tibia y peroné causada por proyectil de arma de fuego, se omitió el tratamiento y cirugía necesaria; además, su situación se agravó con insuficiencia renal aguda.
Con base en los hechos, se trasgredió la norma técnica que señala que los pacientes no deberán permanecer más de doce horas en el servicio de urgencias por causas atribuibles a la atención médica, sin embargo, en este caso la paciente permaneció 28 días internada en dicha área antes de fallecer. Frente a lo ocurrido se exhortó a la institución a generar el mecanismo adecuado para observar de forma puntual la Norma Oficial Mexicana NOM-027-SSA3-2013.
Asimismo se encontraron responsabilidades de profesionales de la salud; entre ellos el médico traumatólogo por no aplicar de manera diligente los recursos disponibles para restablecer la salud; de dos especialistas en traumatología, quienes incurrieron en omisión médica, pues al diferirse la intervención quirúrgica durante 17 días, no la atendieron con apego a las prácticas médicas adecuadas; y de dos facultativos que conocieron el estado de salud de la paciente, agravado por insuficiencia renal aguda, anemia mixta y colecistitis crónica, sin dar la atención requerida para el problema renal agudo.
En el documento recomendatorio, la Codhem reconoce que el hospital general funciona con deficiencias estructurales que limitan dar un servicio de calidad; además presenta carencia de recursos humanos necesarios y suficientes, lo cual implica riesgos que impactan en la salud de la población que atiende, ya que incide en el aumento de la carga de trabajo de los profesionales de la salud, el descuido y abandono de los pacientes, por lo que sugirió ampliar los recursos humanos del nosocomio con lo indispensable para satisfacer la demanda con eficiencia, calidad y oportunidad, cumpliendo con estándares de disponibilidad y aceptabilidad para ofrecer el más alto nivel posible de salud.
Entre los puntos recomendatorios, la Comisión destaca la indemnización como medida de compensación; emitir un psicodiagnóstico especializado y brindar la atención requerida para la quejosa y los hijos de la fallecida; otorgar becas educativas para los descendientes de la víctima; colaborar con la procuraduría general de justicia proporcionando los elementos para conocer, identificar y resolver la probable responsabilidad de los médicos involucrados y remitir por escrito copia certificada de la recomendación para que se agregue a las actuaciones que integran la investigación penal.
El organismo concluyó con base en peritajes, que existió abandono de la paciente por parte de médicos adscritos al servicio de urgencias, con lo cual trasgredieron la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.
De acuerdo con la investigación, a pesar de que la persona afectada tuvo fractura expuesta de tibia y peroné causada por proyectil de arma de fuego, se omitió el tratamiento y cirugía necesaria; además, su situación se agravó con insuficiencia renal aguda.
Con base en los hechos, se trasgredió la norma técnica que señala que los pacientes no deberán permanecer más de doce horas en el servicio de urgencias por causas atribuibles a la atención médica, sin embargo, en este caso la paciente permaneció 28 días internada en dicha área antes de fallecer. Frente a lo ocurrido se exhortó a la institución a generar el mecanismo adecuado para observar de forma puntual la Norma Oficial Mexicana NOM-027-SSA3-2013.
Asimismo se encontraron responsabilidades de profesionales de la salud; entre ellos el médico traumatólogo por no aplicar de manera diligente los recursos disponibles para restablecer la salud; de dos especialistas en traumatología, quienes incurrieron en omisión médica, pues al diferirse la intervención quirúrgica durante 17 días, no la atendieron con apego a las prácticas médicas adecuadas; y de dos facultativos que conocieron el estado de salud de la paciente, agravado por insuficiencia renal aguda, anemia mixta y colecistitis crónica, sin dar la atención requerida para el problema renal agudo.
En el documento recomendatorio, la Codhem reconoce que el hospital general funciona con deficiencias estructurales que limitan dar un servicio de calidad; además presenta carencia de recursos humanos necesarios y suficientes, lo cual implica riesgos que impactan en la salud de la población que atiende, ya que incide en el aumento de la carga de trabajo de los profesionales de la salud, el descuido y abandono de los pacientes, por lo que sugirió ampliar los recursos humanos del nosocomio con lo indispensable para satisfacer la demanda con eficiencia, calidad y oportunidad, cumpliendo con estándares de disponibilidad y aceptabilidad para ofrecer el más alto nivel posible de salud.
Entre los puntos recomendatorios, la Comisión destaca la indemnización como medida de compensación; emitir un psicodiagnóstico especializado y brindar la atención requerida para la quejosa y los hijos de la fallecida; otorgar becas educativas para los descendientes de la víctima; colaborar con la procuraduría general de justicia proporcionando los elementos para conocer, identificar y resolver la probable responsabilidad de los médicos involucrados y remitir por escrito copia certificada de la recomendación para que se agregue a las actuaciones que integran la investigación penal.
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