viernes, 16 de diciembre de 2016

Amparan a pacientes para recibir medicinas costosas

Ciudad de México.- Después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió en 2014, fallos “cantinflescos” en 18 amparos presentados por pacientes diagnosticados con la enfermedad hemoglobinuria paroxística nocturna, en los que se negó a ordenar a las autoridades la entrega de medicamentos –que tienen un costo superior a los 7 millones de pesos anuales-, tribunales federales votaron por respetar el derecho a la vida y ampararon a cuatro derechohabientes para que reciban los medicamentos necesarios.
Señaló el abogado José Raúl Días Valles, del Frente Mexicano de Derechos Humanos, quien ante la negativa de la Corte de garantizar los derechos de los pacientes, llevó el asunto a ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual emitió medidas cautelares para obligar a las autoridades a continuar suministrando el tratamiento mientras el organismo internacional emite una sentencia.
Recordó en entrevista que en 2014, la Corte recibió 18 asuntos, y cuando terminó de revisarlos, cinco de los quejosos ya habían fallecido, en 13 asuntos más se negaron los amparos y uno quedó pendiente.
En sus demandas, los pacientes –la mayoría pacientes del IMSS- solicitaban les fuera suministrado el medicamento Soliris Eculizumab.
La segunda sala de la Corte estableció que la Comisión Interinstitucional de la Secretaría de Salud fuera la que determinara si el medicamento requerido era el apropiado y, en ese caso, ordenara su suministro, aún y cuando no formara parte del cuadro básico de salud.
La resoluciones en esos amparos fueron “cantinflescas”, señaló Díaz Valles, ya que dicha Comisión Interinstitucional mantiene la idea de que la única solución para la enfermedad hemoglobinuria paroxística nocturna, es el trasplante de médula y se niega a reconocer que el medicamento solicitado es el único que ha demostrado su eficacia. Por cierto, subrayó, el único paciente con ésta enfermedad que aceptó el trasplante murió días después.
Comentó que tuvo que recurrir a la CIDH, la cual ordenó que continuara la entrega del medicamento referido, lo que ha permitido que los pacientes sigan con vida, dijo.
Precisamente ayer, dijo, me entrevisté con el ministro Aguilar, a quien le dije que la forma como la Corte resolvió los l8 amparos sólo creó confusión entre las instituciones de salud y prometió analizar el caso.
Destacó que a diferencia de la Corte, cuatro tribunales colegiados ampararon de manera definitiva, en casos similares, a cuatro personas e incluso ordenaron que se les diera una seguimiento puntual a cada asunto para verificar la entrega regular de los medicamentos, sin importar el costo que tiene el tratamiento, en razón de que las autoridades deben garantizar el derecho a la salud, por encima del costo económico que pueda representar.

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