jueves, 1 de febrero de 2018

Pruebas dudosas, fallas de fiscales y un plazo a modo: victorias de Duarte en su tercera audiencia

Ciudad de México.- La tercera audiencia del caso de la Procuraduría General de la República (PGR) en contra del exgobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, por lavado de dinero y delincuencia organizada dejó victorias clave para su defensa.
Sus abogados lograron que el juez Gerardo Moreno, no avalara – como lo pedía la PGR – la obtención de datos bancarios que ya están en el expediente del caso, una situación que abre la puerta para que al llegar al juicio se pueda solicitar su anulación. También consiguieron un plazo extra para hablar con testigos colaboradores y reunir pruebas a su favor.
El primer objetivo de la reciente audiencia era resolver una solicitud hecha al juez por los fiscales de la PGR, para que avalara una serie de datos bancarios obtenidos en la investigación de caso. Se trataba, según lo que los fiscales expusieron en la audiencia, de movimientos de cuentas de personas y empresas pertenecientes a la presunta red de lavado de dinero que encabezaba el exgobernador.
Pero cuando el abogado Marco del Toro tomó la palabra para fijar la posición de la defensa en torno a dicha solicitud (con el apoyo de 10 diapositivas proyectadas en un monitor de la sala) logró evidenciar que, los datos que la PGR pretendía obtener con aval del juez, ya estaban en el expediente. Sostuvo que lo que en realidad quería la Procuraduría era corregir un error al haber obtenido dicha información sin una autorización judicial, lo que violó entre otras cosas los derechos de intimidad, privacidad y secreto bancario del exgobernador de Veracruz.
Del Toro explicó que en noviembre pasado, la Corte resolvió algo que ya se sabía desde que se redactó el Código Nacional de Procedimientos Penales y está estipulado en su artículo 252: que la obtención de pruebas que puedan afectar los derechos fundamentales de una persona requieren la autorización previa de un juez.
“Lo que ocurre en este caso es que el Ministerio público obtuvo esos datos sin haber solicitado dicha autorización, por lo que lo que pretende ahora es sanear este tema. Y el Ministerio Público pretende disfrazar un saneamiento haciéndolo ver como si fuera una nueva técnica de investigación judicial  faltando al principio de lealtad, porque además no dice que quiere recabar lo que ya hizo previamente”, argumentó el abogado.
En respuesta, los fiscales de la PGR reconocieron que la defensa tenía razón y que eran datos que ya estaban en el expediente, pero subrayaron que era necesario “armonizarlos” con la determinación de la Corte. Insistieron en rechazar que eran datos ilegítimos pues se obtuvieron al amparo del artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito que contempla una excepción para que el Procurador solicite datos a la CNBV aunque se rompa el secreto bancario.
Tras escuchar a ambas partes el juez concluyó que la defensa tenía razón y que no tenía sentido avalar la obtención de datos que ya estaban en el expediente. “Este es un asunto demasiado sencillo. Si esos datos ya están en la indagatoria no puedo acceder a que se investigue lo que ya se investigó” dijo.
El juez reconoció que, en efecto, es necesario debatir si estas pruebas bancarias fueron obtenidas ilegalmente por la PGR como sostiene la defensa, pero señaló que eso será materia de la fase del juicio oral y adelantó que sería “un debate interesante”.
En un último intento de obtener el visto bueno del juez sobre las pruebas bancarias, uno de los fiscales de la Procuraduría quiso interponer un “recurso de revocación” para que el juez, en plena audiencia, cambiara su determinación con el argumento de que se causaba un grave daño a la sociedad.
Antes de que pudiera concluir con su exposición, Marco del Toro advirtió que lo que estaba pidiendo la PGR no tenía sentido, pues el recurso de revocación procede solo contra resoluciones de trámite y no temas de fondo discutidos en audiencia.
El juez avaló  lo anterior y desechó por ser “notoriamente improcedente” el recurso solicitado por la Procuraduría por que los datos bancarios del caso Duarte se quedaron en el expediente del caso sin aval judicial. Las consecuencias de esto y el impacto que pueda tener en el caso se conocerán en el juicio que se lleve a cabo en próximos meses.
El pasado 22 de enero concluyó el plazo de seis meses de investigación complementaria que el juez otorgó a la PGR y a la defensa para preparar sus casos. Tres días antes de que concluyera el plazo, los abogados de Javier Duarte solicitaron por escrito que dicho plazo se ampliara hasta por seis meses más.
De Toro argumentó que la necesidad de ampliar dicho periodo obedece a que a la defensa le interesa entrevistarse con cuatro personas que hoy son testigos colaboradores de la PGR en el caso.
Al hacer uso de la palabra los fiscales de la PGR dijeron no tener objeción en que se amplíe el caso pero le pidieron al juez que también se le concediera dicha ampliación al Ministerio Público, el cual tiene aún temas pendientes por desahogar. Ante esto los abogados de Duarte insistieron en que la PGR ya había agotado su tiempo y que dicho plazo solo debería beneficiar a la defensa.
El juez Gerardo Moreno decidió conceder a la defensa la ampliación que solicitaba pese a que con ello se excediera el plazo de seis meses que estipula el Código Nacional de Procedimientos Penales. Argumentó que el principio de la debida defensa se interpone a cualquier regla escrita.
El juez además avaló, con oposición de la defensa, que la PGR realice investigaciones en ese periodo. Sin embargo les “advirtió” a los fiscales que se trata de un periodo concedido a la defensa y si esta decide terminarlo anticipadamente en una semana, o en tres meses, puede hacerlo y la Procuraduría tendrá que atenerse a ello.
“Este es un término de 6 meses para la defensa, que puede usarlo hasta el momento en que el considere. Para el Ministerio Público es solo un plazo que puede aprovechar pero que terminará en el momento en que la defensa decida”, explicó.
Por ese motivo no se fijó de momento una nueva fecha para la audiencia del caso, y solo se acordó que el plazo inicia el 1 de febrero y concluye el 31 de julio.

AP

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