Ciudad de México.- La Procuraduría General de la República (PGR) recibió un nuevo revés legal debido a que el Décimo Tribunal Colegiado en materia penal, con sede en la Ciudad de México, resolvió que son infundados e inoperantes los recursos de inconformidad que presentó contra la resolución de un juez federal, quien anuló el auto de formal prisión al exgobernador Guillermo Padrés Elías por los delitos de defraudación fiscal equiparada y lavado de dinero.
Sin embargo, Guillermo Padrés continuará preso en el Reclusorio Oriente hasta que un juzgado del Estado de México dictamine en otro proceso el delito de defraudación fiscal.
De acuerdo con la resolución, el pasado 8 de febrero, el Juzgado Décimo Segundo de Procesos Penales federales dejó sin efecto el auto de formal prisión contra el exgobernador de Sonora por falta de pruebas.
“La responsable afirmó que, en torno al delito de defraudación fiscal equiparada, no se acreditó que la autoridad fiscal haya ejercido las facultades de comprobación que establece el arábigo 42 del Código Fiscal de la Federación.
“Porque si bien, en el expediente obra la querella presentada por el Director General de Delitos Fiscales de la Subprocuraduría Fiscal Federal de Investigaciones, no se advirtió que dicha autoridad ejerciera las facultades en cita con el objeto de comprobar la posible comisión de ilícitos fiscales y allegarse de las pruebas tendentes a satisfacer el requisito de procedibilidad correspondiente”.
Indica que el vicio anterior trascendió en la licitud de las pruebas recabadas por el Ministerio Público a partir de la formulación de la querella presentada indebidamente; aunado a que el representante social “violó el derecho a una defensa adecuada en perjuicio del quejoso, al inadvertir que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no ejerció las facultades de comprobación aludidas”.
Además, dice que la autoridad fiscal no había ejercido sus facultades de comprobación, previo a la presentación de la querella, pues no dio aviso de inicio de las mismas al quejoso, por tal motivo se transgredió el derecho fundamental a tener una defensa adecuada en su perjuicio; razón por la que declaró nulos los medios probatorios obtenidos a partir de la presentación de la querella.
Respecto al delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, el juez estableció que las autoridades no precisaron la manera en que obtuvieron los diversos documentos relacionados con cuentas bancarias a nombre de Guillermo Padrés, por lo que “se vulneró el derecho a la intimidad del inculpado, al existir intromisión en su vida privada, de ahí que la actuación de la autoridad incumplió con los requisitos del ordinal 16 de la Carta Magna, en el caso, la notificación del requerimiento para la Magna, en el caso, la notificación del requerimiento para la intromisión en la información contenida en las cuentas bancarias del indiciado”.
En principio a Padrés Elías, actualmente preso, se le imputaban siete cargos, cinco de ellos por operaciones con recursos de procedencia ilícita por 178 millones de pesos, defraudación fiscal y delincuencia organizada, sin embargo, ha obtenido victorias jurídicas con las cuales ha logrado que se le declare inocente de delincuencia organizada y lavado de dinero.
El exgobernador ha derrotado mediante juicios de amparo y recursos de revisión a la PGR que, por conducto de la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo, lo acusó de defraudación fiscal y operaciones con recursos de procedencia ilícita por un monto de 8.8 millones de dólares, así como por reportar en su declaración fiscal de 2015 ingresos menores a los obtenidos y de transferir recursos del extranjero a territorio nacional con pleno conocimiento de que provenían de una actividad ilícita.
También lo acusa de ser presunto responsable de otorgar contratos directos entre 2009 y 2014 para adquisiciones ‘‘a modo’’ por un monto de 260 millones de pesos, que estaban destinados a programas de útiles escolares. Según las indagatorias, 178 millones fueron a cuentas de parientes, incluido uno de sus hijos, y a empresas relacionadas con su núcleo familiar.
Ahora sólo queda pendiente el fallo que debe emitir un juez federal del Estado de México, quien decidirá si el exgobernador Guillermo Padrés Elías debe continuar en prisión.
Proceso
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