Ciudad de México.- La Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró nula la elección de la alcaldía de Coyoacán, así como la entrega de constancia de mayoría a favor del candidato de la coalición Por la Ciudad de México al Frente, el exfutbolista Manuel Negrete.
Los magistrados regionales resolvieron favorablemente la impugnación promovida por el Partido del Trabajo y Morena, quienes impulsaron la candidatura de la actriz María Rojo para la misma alcaldía.
El frente del PRD y el PAN tienen tres días para impugnar esta decisión ante la Sala Superior del TEPFJ y todo parece indicar que la próxima semana este caso llegará a la máxima instancia del árbitro electoral.
El pasado 5 de julio, el exfutbolista Negrete recibió la constancia de mayoría del Instituto Electoral de la Ciudad de México. La candidata María Rojo, de Morena-PES-PT inició una dura impugnación argumentando que el día de la elección hubo “propaganda negra” en su contra, se compró el voto con productos que estaban destinados para actividades institucionales de la delegación, entre otras irregularidades.
En el análisis del caso, se concluyó que, durante el proceso electoral, funcionarios de la Delegación Coyoacán, controlada por el legislador perredista Mauricio Toledo, entregaron recursos públicos mediante un programa social, a pesar de que el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) ordenó suspender dicho programa.
Esto “generó un claro beneficio a favor del candidato, pues la entrega de los recursos se realizaba a través de funcionarios del mismo partido que lo postuló”, es decir, el PRD, según la sentencia de la Sala Superior.
Además, se acreditó la violencia política de género que personas cercanas a Manuel Negrete “aplicaron sistemáticamente” en contra de la candidata María Rojo, lo que constituyó “una falta grave a los principios constitucionales que rigen en materia electoral y lo cual indudablemente impactó en la ciudadanía”.
Al conocer el fallo, el PRD adelantó que impugnará la medida para hacer valer “la voluntad popular”.
La misma Sala Regional resolvió una queja en materia de fiscalización contra Negrete Arias promovida por el PT por el supuesto uso indebido de la marca del equipo Pumas.
El PT consideró que Negrete no reportó el gasto por el uso indebido del logotipo y la marca Pumas, acto que, a su juicio, favoreció y posicionó las aspiraciones del también exentrenador.
Al respecto el Tribunal afirmó que no se acreditó la ilictud del uso de la marca y si bien reconoció que el logotipo se encontraba en las playeras entregadas por el equipo de campaña de Negrete, es competencia del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) dirimir que el supuesto uso de las prendas fuera irregular.
Los elementos incluidos en las playeras denunciadas con el emblema de Pumas, el número 22 y el nombre del candidato, se refieren a las características personales de Negrete como exjugador, consideró la Sala Regional capitalina del TEPJF.
Por otra parte, en la misma sesión, la Sala Regional también revocó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero en el caso del ayuntamiento de Tecoanapa, por la falta de certeza en la custodia de los paquetes electorales y la vulneración a la integridad de los mismos.
También consideraron que no se acreditó la nulidad de las tres casillas decretada por la instancia local, pues no habían valorado correctamente todas las pruebas.
Proceso
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