viernes, 23 de agosto de 2013

Denuncian privilegios a reos en el “Penalito” de Veracruz

Por Manuel CARVALLO

Veracruz, Ver.- Por brindar privilegio a internos de ese lugar, pasando por encima de las disposiciones del juzgado Tercero de Primera Instancia y de la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el director del “Penalito” de Veracruz, René Ortiz Arellano, fue denunciado pública y abiertamente, lo que le pudiera originar cargos judiciales, según abogados penalistas.
Ortiz Arellano, es señalado por la empresaria Erika Demeneghi Morales de ordenar el traslado a una clínica particular del interno Mario Carbajal Méndez, por una presunta lesión en la rodilla, para evitar que este fuera enviado a un penal de mediana seguridad, luego de que le fuera negado el amparo que solicitara para evitar el traslado.
Mario Carbajal Méndez, quien se encuentra preso tras una orden de aprehensión por el delito de fraude de 7 millones de pesos en agravio de la empresaria Demeneghi Morales, cuyas pruebas presentadas derivaron en un auto de formal prisión, fingió una fractura en una de sus extremidades inferiores, para evitar que lo llevaran a un penal.
En cambio, con la presunta complicidad del director del “Penalito” y de acuerdo con la denunciante y agraviada del caso, el procesado fue llevado a la clínica particular denominada “Sistema Médico Empresarial”, propiedad del exárbitro de la primera división del Futbol Mexicano, Pascual Rebolledo, presuntamente concuño de éste y donde recibe la visita hasta de 10 personas, familiares y amigos al mismos tiempo.
Lo grave es que nunca hubo una orden o autorización del Juez Tercero de Primera Instancia, Alberto Barrera, quien  lleva el proceso penal en contra del inculpado y supuesto lesionado, para que se le llevara a una clínica particular en lugar de un hospital público como a todos los reos que necesitan atención médica, lo que se considera un privilegio.
De acuerdo con la normatividad, cuando un inculpado recibe el auto de formal prisión, queda privado de todos sus privilegios civiles y políticos, según el artículo 38, Fracción II, de la Constitución Política y otras leyes.
En este se precisa: “Dictado el auto de formal prisión, al ciudadano se le suspende derechos civiles y políticos, es decir se les suspende de todos los privilegios que venían gozando”.
Mario Carbajal Méndez, ingresó a la clínica “Sistema Médico Empresarial”, localizada en 2 de abril entre Luz nava y Díaz Ordaz, de esta ciudad, el 14 de agosto y fue dado de alta el 21 del mismo mes, sin embargo su mismos concuño, el doctor Pascual Rebolledo, le giró al director del penal un oficio en donde le pide tener al paciente cuatro semanas internado en su clínica.
Sin embargo la agraviada y denunciante, exige al Ministerio Público adscrito al Juzgado Tercero de Primera Instancia, realice la inspección ocular correspondiente para que un médico legista de fe de las lesiones que supuestamente tiene el procesado.
De acuerdo  a la consulta con  el penalista, de no encontrarse lesión alguna o lesión que amerite el traslado del reo a esa clínica, el director del penal pudo haber incurrido en la comisión del delito de “evasión de reo”, considerado como delito grave. La empresaria pedirá la intervención del Tribunal Superior de Justicia del Estado y del Gobierno Estatal para que se aplique le ley y se le dé celeridad a su caso a fin de que le sea reparado el daño que le causó el procesado Mario Carbajal Méndez.

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