viernes, 26 de septiembre de 2014

Apresan a ocho militares por caso Tlatlaya

Tlatlaya, México.- La Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) informó, este jueves 25 de septiembre, que fueron puestos a disposición del Juzgado 6/o. Militar, un oficial y siete elementos de tropa que participaron en los hechos ocurridos el 30 de junio del 2014, en Tlatlaya, en los que  22 personas perdieron la vida.
De acuerdo con boletín emitido por la SEDENA, los 8 militares fueron ingresados a la prisión del Campo Militar Número 1, acusados de delitos relacionados con la disciplina castrense.
La dependencia federal detalló que la detención del oficial se debe a la desobediencia e infracción de deberes, y en el caso del personal de tropa únicamente a  infracción de deberes.
Desde el día de los hechos, autoridades federales y estatales han declarado que las 22 personas fallecieron durante un enfrentamiento contra los militares, pero en días pasados salió a la luz el testimonio de una de las tres mujeres rescatadas de la bodega por estar presuntamente secuestradas, quien declaró que los militares asesinaron a las 22 personas, entre ellas una menor de 15 años de edad.
Tras las declaraciones de “Julia”, y el reportaje de la agencia de noticias internacional Associated Press, en las que reveló que las huellas encontradas en la bodega eran de un fusilamiento y no un enfrentamiento, organizaciones defensores de los derechos humanos han exigido una investigación objetiva y castigo a los responsables.
El portal de noticias de la revista Proceso detalla que los cargos por los que fueron consignados los elementos detenidos están tipificados en el Código de Justicia Militar.
De acuerdo con el artículo 301, comete el delito de desobediencia “el que no ejecuta o respeta una orden superior, la modifica de propia autoridad o se extralimita al ejecutarla. Lo anterior se entiende salvo el caso de la necesidad impuesta al inferior, para proceder como fuere conveniente, por circunstancias imprevistas que puedan constituir un peligro justificado, para la fuerza de que depende o tuviese a sus órdenes”.
En cuanto a los deberes militares, el artículo 382 prevé que “sea aplicable al que infrinja alguno de los deberes que le corresponden, según su comisión o empleo, o deje de cumplirlo sin causa justificada, siempre y cuando el resultado no sea constitutivo de delito, se le castigará con un año de prisión”.
Además, establece que cuando la infracción ocurra debido a torpeza o descuido, la pena será de cuatro meses de prisión. En tanto, si la falta a deberes militares resulta en daño a un individuo, se procederá conforme a las reglas generales sobre aplicación de penas.

Alfadiario

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