lunes, 7 de diciembre de 2015

Presentan este lunes dictamen de la reforma política del Distrito Federal

Ciudad de México.- La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados convoca este lunes a una reunión extraordinaria para presentar, discutir y, en su caso, aprobar la minuta de la reforma política del Distrito Federal.
La minuta de esta reforma constitucional, acerca de la cual las principales fracciones parlamentarias han expresado su opinión favorable, fue enviada por el Senado de la República en abril de 2015 y turnada por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, a la Comisión de Puntos Constitucionales que preside el diputado Daniel Ordoñez Hernández (PRD).
Entre otros aspectos, la reforma resalta la naturaleza de la Ciudad de México como entidad federativa sede de los Poderes de la Unión y Capital de la República; mantiene la facultad del Congreso de la Unión para aprobar la deuda pública de la Ciudad; deroga la facultad del Senado para nombrar o remover al Jefe de Gobierno de la Ciudad; reconoce autonomía constitucional a la Ciudad de México en todo lo concerniente a su régimen interior y su organización política y administrativa, y expresa que la Constitución Política de la Ciudad de México reconocerá la protección de los derechos humanos, de conformidad con el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
Establece directrices generales sobre la conformación del gobierno de la ciudad y sus poderes –organización de los poderes–; conserva la hacienda pública unitaria, y establece a las Alcaldías como el gobierno colegiado de las demarcaciones territoriales.
Las Alcaldías ejercerán su presupuesto de manera autónoma conforme a lo previsto en la Constitución Política local. La integración de las Alcaldías será con un Alcalde y un Concejo de elección popular mediante planillas de entre once y quince miembros.
Los integrantes de los Concejos serán electos según los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, y se plantea la elección consecutiva de Alcalde y Concejales, hasta por un período adicional.
La Constitución Política de la Ciudad de México establecerá la competencia de las Alcaldías. Los Concejos de la Alcaldías aprobarán el proyecto de presupuesto de egresos de sus demarcaciones.
De igual manera, precisa facultades del Concejo para supervisar y evaluar las acciones de gobierno y controlar el ejercicio del gasto público en la respectiva demarcación territorial. Las demarcaciones territoriales no podrán, en ningún caso, contraer directa o indirectamente obligaciones o empréstitos.
Expresa que la Ciudad contará con los organismos constitucionales autónomos que prevé la CPEUM para las entidades federativas, y establece garantías de funcionamiento de capitalidad y faculta al Congreso de la Unión para expedir la ley respectiva.
Propone que el Jefe de Gobierno nombre y remueva libremente al servidor público que ejerce el mando directo de la fuerza pública, en tanto que el Ejecutivo federal podrá remover al servidor público que ejerza el mando directo de la fuerza pública por las causas graves que determine la ley que expida el Congreso de la Unión.
Dispone la creación del Consejo de Desarrollo Metropolitano conforme a una ley emitida por el Congreso de la Unión.
La reforma constitucional propone el establecimiento de una Asamblea Constituyente integrada por 100 diputados electos de la siguiente forma: 60 por el principio de representación proporcional mediante listas votadas en una circunscripción plurinominal; los partidos presentarán listas cerradas integradas por fórmulas de propietarios y suplentes.
Asimismo, se elaborará una lista abierta de candidatos independientes integrada por las fórmulas que cuenten con al menos la firma de una cantidad de ciudadanos equivalente al 1% de la lista nominal de electores de la Ciudad (el elector deberá identificar el nombre del candidato independiente por el que vota en la boleta).
Se asignarán diputaciones a los candidatos independientes que alcancen una votación igual o mayor al cociente natural de la fórmula de asignación de diputaciones constituyentes y, a los partidos políticos, las diputaciones restantes aplicando la fórmula de representación proporcional.
14 senadores designados por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara, a propuesta de la Junta de Coordinación Política.
14 diputados designados por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara, a propuesta de la Junta de Coordinación Política.
6 designados por el presidente de la República.
6 designados por el Jefe de Gobierno de la Ciudad.
La elección para su conformación se realizará el primer domingo de junio de 2016 y deberá instalarse el 15 de septiembre del mismo año. La Constitución deberá ser aprobada a más tardar el 31 de enero de 2017 por las dos terceras partes de sus integrantes.
Se resalta que es facultad exclusiva del Jefe de Gobierno del Distrito Federal elaborar y remitir el proyecto de Constitución Política de la Ciudad de México a la Asamblea, a más tardar el día en el que ésta celebre su sesión de instalación.

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