miércoles, 8 de febrero de 2017

Patria Nueva

Constitución Política de la Ciudad de México

Por: Fidel Herrera Beltrán

1.    Como resultado de la Reforma Política de la Ciudad de México (CDMX) aprobada por la Comisión Permanente de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, que modifica diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y que fue publicada por el presidente de la República, Enrique Peña Nieto, en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2016, fue creada la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, entre cuyas atribuciones se establece la de diseñar, aprobar y publicar la Constitución Política de la Ciudad de México (CPCDMX).
2.    A partir del 15 de septiembre de 2016, en la antigua sede del Senado de la República, dieron inicio los trabajos de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México. Cien legisladores la integraron, de los cuales recordemos que sesenta fueron electos en la CDMX el 5 de junio de 2016 por voto popular bajo el principio de representación proporcional sobre una lista plurinominal de candidatos presentada por los partidos políticos contendientes; 14 fueron elegidos por dos tercios de los representantes en el Senado de la República; 14 por el mismo procedimiento en la Cámara de Diputados; seis fueron designados por el Presidente de la República; y seis por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.
3.    El 31 de enero de 2017, a 138 días de iniciados los trabajos y después de intensos debates y discusiones que finalmente lograron alcanzar consensos, fue aprobada y expedida por el Pleno de la Asamblea Constituyente, en Sesión Solemne, la Constitución Política de la Ciudad de México. La ceremonia protocolaria para su promulgación se llevó a cabo en el Antiguo Palacio del Ayuntamiento el pasado 5 de febrero.
4.    El presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea Constituyente, Alejandro Encinas Rodríguez, dio por terminados los trabajos de la misma y entregó al Jefe de Gobierno de la Ciudad de México el documento para ser publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 5 de febrero por el Jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera Espinosa.
5.    De igual modo fue entregada una copia de la nueva Constitución al secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, que asistió a la ceremonia en representación del Presidente de la República, quien encabezó la conmemoración del centenario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en la ciudad de Querétaro, y ordenó su publicación inmediata en el Diario Oficial de la Federación.
6.    La nueva CPCDMX que rige la organización política, económica y social de la capital del país consta de 71 artículos divididos en un Preámbulo, ocho Títulos y 39 artículos transitorios. Entrará en vigor el 17 de septiembre de 2018, excepto en lo referente a materia electoral que está vigente desde el pasado lunes 6 de febrero. Las normas relativas a la elección de los integrantes del Poder Legislativo y del Ejecutivo se aplicarán a partir del proceso electoral 2017-2018 y serán concurrentes con las elecciones federales de 2018; las del Poder Ejecutivo el 5 de diciembre de 2018 y las del Judicial el 1 de junio de 2019.
7.    En el Preámbulo, los constituyentes recuerdan las palabras del emperador mexica Tenoch, quien un año después de la fundación de la Gran Tenochtitlan, en 1325, expresó en su lengua original, el náhuatl: In quexquichcauh maniz cemanahuac, aic tlamiz, aic polihuiz, in itenyo, in itauhca Mexihco Tenochtitlan, lo que en el idioma español significa: “En tanto que dure el mundo, no acabará, no perecerá la fama, la gloria de México Tenochtitlan”, y puntualizan: “En la cercanía del séptimo centenario de su fundación, la Ciudad de México se otorga esta Constitución Política. Al hacerlo rememora sus incontables grandezas, hazañas y sufrimientos. Rinde homenaje a los creadores de sus espacios y culturas, a los precursores de su soberanía y a los promotores de su libertad”.
8.    El Título Primero se refiere a las Disposiciones Generales de la Constitución; el Segundo es la Carta de Derechos; el Tercero define el Desarrollo Sustentable de la Ciudad; el Cuarto se titula De la Ciudadanía y el Ejercicio Democrático; el Quinto es la Distribución del Poder e incluye las funciones Legislativa, Ejecutiva y Judicial, así como las Demarcaciones Territoriales y sus Alcaldías; el Sexto se denomina Del Buen Gobierno y la Buena Administración; el Séptimo Del Carácter de la Capital de los Estados Unidos Mexicanos; y el Octavo establece los cánones De la Estabilidad Constitucional.
9.    Sin duda, la Constitución de la Ciudad de México es progresista e innovadora; configura a la CDMX como una entidad federativa; establece su estructura, gobierno y organización y otorga a todos los habitantes de la ciudad capital un conjunto de derechos fundamentales vanguardistas e incluyentes.
10.    El 5 de febrero será conmemorado por siempre como una fecha memorable para nuestra Nación. Como bien afirmó el secretario de Gobernación durante la ceremonia de proclamación de la Constitución de la Ciudad de México: “Así como el 5 de febrero de 1917 significó un antes y un después para México, el 5 de febrero de 2017 será recordado como un parteaguas para la capital del país”.

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