martes, 27 de mayo de 2014

PRD denuncia a Coldwell ante la SFP por tráfico de influencias

México, DF. El PRD denunció  en la Secretaría de la Función Pública (SFP) al secretario de Energía, Pedro Joaquín Coldwell, al que acusó de tráfico de influencias, toda vez que junto con su familia tiene contratos con Petróleos Mexicanos (Pemex) para la venta de gasolina y otros combustibles.
La denuncia la presentaron en la dependencia el coordinador y la vicecoordinadora del PRD en el Senado, Miguel Barbosa y Dolores Padierna, quienes advirtieron que el titular de Energía viola la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y podría incluso ser sujeto de acción penal.
Jesús González Schmal, quien acudió como abogado de los perredistas, resaltó que la SFP tiene la facultad no sólo de sancionar a Joaquín Coldwell por la inhabilitación, sino también de “encontrar algún elemento para determinar un delito de ejercicio y abuso de autoridad en el cargo, por lo que puede dar cuenta de ello al Ministerio Público, a fin de que sea procesado judicialmente”.
En la denuncia, los perredistas señalan que Joaquín Coldwell se beneficiará de la reforma energética y ello explica que haya sido “abierto y principal promotor de las reformas constitucionales promulgadas que proponen la extinción de Petróleos Mexicanos como empresa paraestatal y la inclusión de participación del capital privado nacional y extranjero en la actividad que antes estaba reservada en exclusiva a Pemex”.
Entre otras, “la de otorgar franquicias para la venta de primera mano al consumidor, de gasolina y combustibles adquiridos a la misma empresa y, en lo que, en el futuro, podrán intervenir firmas extranjeras en un mercado libre y sin limitaciones”.
Los perredistas recalcan que en ello se enmarca el interés del secretario de Energía y su familia “guardan como franquicitarios de expendios de gasolina de Pemex, para convertirse en el futuro en estaciones de servicio para la venta de cualquier gasolina, independientemente de su origen”.
Resaltan que la familia Joaquín Coldwell ejerce “prácticamente el monopolio de ese servicio en la Isla de Cozumel, Quintana Roo, que por su lejanía al territorio peninsular mantiene el dominio sobre el consumo regional, y la capacidad para el control de precios a partir de la posibilidad de proveedores nacionales o extranjeros distintos a Pemex”.
De aprobarse las leyes secundarias en proceso, “obtendrán un potencial de beneficios pecuniarios adicionales a los que ahora obtienen, aún con el precio controlado por la paraestatal, que pueden llegar a ser estratosféricos, en perjuicio de la economía local”.
En la denuncia, los perredistas señalan que el propio funcionario, quien fue gobernador del estado de Quintana Roo entre 1981 y 1987, reconoció que desde 1960 ha sido concesionario de Pemex, hasta la década de los noventa en la que obtuvo seis franquicias para el mismo efecto.
“La visión a largo plazo lo llevó a improvisarse como experto en energía petrolera y eléctrica para escalar puestos políticos hasta llegar a la cúspide para liderar la reforma energética que abrogó el artículo 27 y 28 de la Constitución para permitir la privatización en la producción y comercialización de los energéticos”.
Insisten: “Ignoramos que otros intereses personales y familiares atan al señor Coldwell para promover la susodicha reforma, pero bastan los señalados para configurar una conducta premeditadamente ilícita para burlar los límites de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, al aceptar el cargo de secretario del ramo de Energía, ocultando dolosamente sus intereses contrapuestos a la actual naturaleza constitucional de la empresa Petróleos Mexicanos”.
Lo responsabilizan de violar el artículo 8° de esa ley, que a la letra lo obliga en los siguientes términos: “Fracc. XI: Excusarse de intervenir, por motivo de su encargo, en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado o parientes civiles o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte”. Así como el segundo párrafo de la fracc. XII que consigna: “Habrá intereses en conflicto cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño imparcial de su empleo, cargo o comisión”.

La Jornada

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