Ciudad de México.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) invita a los trabajadores de empresas que no han recibido su prestación de Reparto de Utilidades, acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para hacer efectivo su derecho a recibir parte de las ganancias obtenidas por sus centros de trabajo.
La STPS puntualizó en un comunicado que aquel trabajador que no reciba esta prestación o se le pague de manera incompleta, tiene el plazo de un año, a partir del día siguiente a la fecha límite establecida (30 de mayo) para personas que trabajan para una persona moral (empresa).
Las empresas y patrones que no cumplan con el pago de este derecho, serán acreedores a multas que pueden llegar a los 5 mil salarios mínimos, señaló la dependencia.
En el caso de quienes laboran para una persona física con actividad empresarial, la fecha límite para obtener las utilidades es el 29 de junio.
El Artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo establece también que el Reparto de Utilidades entre los trabajadores debe efectuarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, aun cuando esté en trámite objeción de los trabajadores.
La STPS puntualizó en un comunicado que aquel trabajador que no reciba esta prestación o se le pague de manera incompleta, tiene el plazo de un año, a partir del día siguiente a la fecha límite establecida (30 de mayo) para personas que trabajan para una persona moral (empresa).
Las empresas y patrones que no cumplan con el pago de este derecho, serán acreedores a multas que pueden llegar a los 5 mil salarios mínimos, señaló la dependencia.
En el caso de quienes laboran para una persona física con actividad empresarial, la fecha límite para obtener las utilidades es el 29 de junio.
El Artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo establece también que el Reparto de Utilidades entre los trabajadores debe efectuarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, aun cuando esté en trámite objeción de los trabajadores.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario