jueves, 12 de abril de 2018

Concede Corte amparo para uso recreativo de la mariguana

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un nuevo amparo para el uso, cultivo y consumo de la mariguana con fines lúdicos y recreativos.
El amparo fue concedido para el abogado Ulrich Richter Morales, quien tendrá permitido cultivar y consumir su propia mariguana. La novedad se da porque la ministra Norma Piña pronunció su punto de vista por primera vez.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo fue el único que se pronunció en contra de la medida, pero como no hay alguna norma o reglamento que permita adquirir la semilla de la mariguana, esto representa un gran obstáculo para los consumidores.
“Este Alto Tribunal considera que pertenece al estricto ámbito de la autonomía individual protegido por el derecho al libre desarrollo de la personalidad la posibilidad de decidir responsablemente si desea experimentar los efectos de esa sustancia a pesar de los daños que esta actividad puede generarle a una persona”, señaló la Primera Sala.
Una de las bases que se utilizaron fue el caso resuelto en 2015, cuando el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea subió un situación similar, pues declararon como inconstitucionales cinco artículos (235, 237, 245, 247 y 248) de la Ley General de Salud, en donde se prohíbe el consumo de la mariguana.
Luego de que este caso fuera el segundo en que se resuelve a favor del demandante, la Sala Superior debe notificar al Congreso de la Unión, pues están a tres procesos para que se inicie el proceso de declarar los artículos como inconstitucionales.
Lo anterior permitiría que el Pleno de la Corte invalide artículos que prohíben el uso lúdico y recreativo de la mariguana, pues sólo se necesitan 8 de 11 votos.
OTRO CASO
La Suprema Corte ya había concedido un amparo similar a cuatro quejosos, quienes en noviembre de 2015 se les permitieron cosechar, preparar, transportar y consumir su propia mariguana para el consumo lúdico y recreativo.
Por lo anterior, la Sala Suprema ordenó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) otorgaran los permisos a los demandantes para el autoconsumo de la mariguana; sin embargo, no está permitido que comercialicen, suministren o distribuyan.
En esa ocasión, el ministro Arturo Zaldívar argumentó que el derecho de que una persona debe decidir qué hacer con su vida privada. Dicha decisión sólo favoreció a los demandantes, Josefina Ricaño Bandala, Armando Santa Cruz González, José Pablo Girault Ruiz y Juan Francisco Torres Landa Ruffo.
Zaldívar Lelo de Larrea indicó que con dicha decisión no se afirme que la mariguana genere daños a la salud sino que no son tan graves, por ello dijo que es una prohibición desproporcionada; planteó que debe existir una regulación para que los consumidores no afecten a terceros.

Diario de México

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