lunes, 25 de julio de 2016

Piden Amedi y Artículo 19 cesar acoso judicial contra Aristegui


México.- En respuesta a la demanda por daño moral que interpuso Joaquín Vargas (presidente de MVS Comunicaciones) contra Carmen Aristegui, la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) y la organización Artículo 19 exigieron cesar el acoso judicial contra la periodista.
Vargas no sólo demandó a Aristegui, sino también a la empresa editorial Penguin Random House, y exigió al conglomerado editorial la supresión del prólogo de 43 páginas del libro “La Casa Blanca de Peña Nieto. La historia que cimbró un gobierno”, escrito por aquella.
La Amedi llamó a cesar de inmediato cualquier tipo de hostigamiento jurídico o de otra índole desde el gobierno o las empresas, “con la intención de intimidar, perseguir y/o coartar la libertad de expresión de cualquier periodista, comunicador o empresa editorial”.
Sobre la pretensión de Vargas de suprimir el prólogo del libro, destacó que la denuncia contra Aristegui “ha logrado que se difunda y conozca aún más, pero queda patente el intento por censurar una investigación de indiscutible interés público nacional e internacional”.
Y recuerda a quienes ocupan un cargo público o explotan bienes de la nación “que su desempeño se encuentra bajo escrutinio, que están obligados a rendir cuentas y a transparentar sus actividades, propiedades y el uso que hagan de los recursos públicos”.
Añade: “Los periodistas ejercen su derecho de acceso a la información y su libertad de expresión a través de los medios de comunicación para brindar un servicio público e informar a la población porque es la sociedad la que tiene el derecho inalienable a saber. Esta labor social de los periodistas no sólo debe ser fomentada sino salvaguardada y protegida por el Estado y las empresas, porque una democracia requiere medios y periodistas libres, independientes y críticos, capaces de indagar y exhibir cualquier abuso de poder, aunque termine molestando o incomodando a quienes aluda”.
La Amedi hace un llamado para que cese de inmediato el hostigamiento judicial y se retire la demanda intimidatoria por daño moral en contra de Aristegui y la editorial. “No existe daño sino beneficio social cuando un conjunto de periodistas indagan, documentan y publican temas que a todos nos interesan y que involucran a autoridades”.
Por su parte, Artículo 19 recuerda que la demanda de MVS ocurre en un contexto de acoso judicial por parte de la empresa contra la periodista, quien en el marco de las investigaciones de la Casa Blanca salió del aire en marzo de 2015. “Desde entonces la periodista está enfrentando una serie de litigios contra la empresa en la que se suma esta demanda en su contra por daño moral”, apunta.
La organización denuncia que las acciones legales por parte de MVS en contra Carmen Aristegui y su equipo de investigación no solo configuran un límite injustificado a la libertad de expresión y un claro mecanismo de censura indirecta, sino que el tema debe verse a la luz del interés público.
“En efecto, no podía alegarse libertad contractual y de empresa, tratándose del uso del espectro radioeléctrico, bien público del cual la empresa de comunicación es un concesionario. Por esa razón, la empresa tiene una obligación reforzada de proteger y garantizar la libertad de expresión”, apunta.
Y califica de “especialmente preocupante” que el acoso judicial en contra de periodistas en la Ciudad de México sigan en aumento, ya que apenas la semana pasada –precisa– se dio a conocer que Humberto Moreira, exgobernador de Coahuila y expresidente nacional del PRI, interpuso una demanda por daño moral contra Sergio Aguayo, columnista y académico, “con lo cual se da cuenta del constante hostigamiento que sufren los comunicadores al buscar censurar el contenido de sus opiniones expresadas en distintos medios”.
De acuerdo con Artículo 19, la intención de la empresa MVS de evitar la divulgación del prólogo del libro “por cualquier medio” genera una afectación en la esfera de derechos de sociedad en general.
De igual manera, recuerda al Poder Judicial de la Ciudad de México que los jueces que conozcan de las demandas interpuestas en contra de periodistas “deben observar sus obligaciones impuestas en la Constitución de nuestro país en materia de derechos humanos, interpretando en todo momento las normas de conformidad con lo que disponen los tratados internacionales y de acuerdo al principio de mayor beneficio en favor de los comunicadores”.
En este caso, añade, no son únicamente intereses privados los que están en pugna, sino el goce y vigencia del derecho de toda la sociedad a recibir información y conocer las opiniones expresadas.
Finalmente, destaca la importancia de recalcar que las decisiones adoptadas por las empresas de comunicación respecto a la búsqueda, recopilación y difusión de información trascienden al ámbito privado, “puesto que determinan el ejercicio del derecho a la libertad de expresión a partir del uso de un bien público de interés general, como lo es la concesión de la que es beneficiario MVS”.

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