México, D.F.- Debido a los altos índices de contaminación que se registran en la zona metropolitana del Valle de México y en las ciudades Toluca, Monterrey, Chihuahua y Mexicali, la Cámara de Diputados aprobó cambios al artículo 72 constitucional para establecer la obligación de que el autotransporte federal de carga, pasaje, turismo, sus servicios auxiliares y transporte privado cuenten con las verificaciones de sus condiciones físicas, mecánicas y de niveles de emisión de gases contaminantes.
“Es imperante que en México empecemos a respetar a nuestra ecología, a nuestros ciudadanos y a cada uno de los ecosistemas que tenemos”, se afirma en el dictamen avalado con 350 votos a favor, 34 en contra y 7 abstenciones.
El incumplimiento de esta nueva obligación derivará en multas de 40 a 500 salarios mínimos para los dueños de vehículos que no porten las constancias de aprobación vigentes de las condiciones físicas y mecánicas.
Dichas sanciones también serán aplicadas a los propietarios de las unidades que carezcan de un contrato de seguro que garantice el pago de daños.
La reforma se regresó al Senado, a fin de que avale los ajustes que los diputados le hicieron a la fracción E del artículo 72 de la Constitución, con la cual se modifica la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
En la exposición de motivos de esta modificación se destaca que el problema de la contaminación resulta preocupante en la zona metropolitana del Valle de México, así como en las ciudades de Monterrey, Toluca, Chihuahua y Mexicali, donde se registran altos niveles de emisiones que provienen de vehículos automotores.
El dictamen plantea que será obligatorio verificar las condiciones físicas, mecánicas y los niveles de emisión de gases contaminante de vehículos de autotransporte nuevos y usados, previo a su autorización para circular por las carreteras del país.
Excelsior
“Es imperante que en México empecemos a respetar a nuestra ecología, a nuestros ciudadanos y a cada uno de los ecosistemas que tenemos”, se afirma en el dictamen avalado con 350 votos a favor, 34 en contra y 7 abstenciones.
El incumplimiento de esta nueva obligación derivará en multas de 40 a 500 salarios mínimos para los dueños de vehículos que no porten las constancias de aprobación vigentes de las condiciones físicas y mecánicas.
Dichas sanciones también serán aplicadas a los propietarios de las unidades que carezcan de un contrato de seguro que garantice el pago de daños.
La reforma se regresó al Senado, a fin de que avale los ajustes que los diputados le hicieron a la fracción E del artículo 72 de la Constitución, con la cual se modifica la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
En la exposición de motivos de esta modificación se destaca que el problema de la contaminación resulta preocupante en la zona metropolitana del Valle de México, así como en las ciudades de Monterrey, Toluca, Chihuahua y Mexicali, donde se registran altos niveles de emisiones que provienen de vehículos automotores.
El dictamen plantea que será obligatorio verificar las condiciones físicas, mecánicas y los niveles de emisión de gases contaminante de vehículos de autotransporte nuevos y usados, previo a su autorización para circular por las carreteras del país.
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