Ciudad de México.- El presidente Enrique Peña Nieto ejerció su facultad de veto en el caso del Sistema Nacional Anticorrupción aprobado por el Congreso de la Unión, por lo que devolverá al Senado el artículo 32 de la Ley de Responsabilidades Administrativas, es decir, la llamada Ley 3 de 3, que obligaba a los particulares que recibieran recursos públicos a presentar una triple declaración fiscal.
De igual forma, con el ánimo de no retrasar la vigencia del Nuevo Sistema Nacional Anticorrupción, el mandatario solicitará al Congreso de la Unión tener un periodo extraordinario y ello se formulará a la Comisión Permanente.
En un mensaje transmitido por Cepropie, el consejero jurídico de la Presidencia de la República, Humberto Castillejos, informó la decisión presidencial y señaló que luego de escuchar diversas voces que alertaron que la legislación era excesiva e inoperante, el primer mandatario decidió hacer observaciones y proponer algunos cambios, con el afán de que prevalezcan el apego a la Constitución y la protección a los derechos humanos.
El consejero jurídico del ejecutivo federal insistió en que las críticas a algunos artículos aprobados por el congreso han señalado un problema real a la operatividad del Sistema Nacional Anticorrupción y que esta medida afectaría de manera excesiva la vida privada y la protección de datos personales de los ciudadanos
“El sistema anticorrupción es de los ciudadanos y para los ciudadanos, su objetivo primordial es proteger su derecho a que los recursos que aportan a través de sus impuestos se usen de la mejor manera posible con transparencia y honestidad”, señaló.
Humberto Castillejos sostuvo que los cambios propuestos por el presidente Peña Nieto de ninguna manera disminuye la capacidad de las autoridades para investigar y sancionar a aquellos particular que actúen de forma irregular ante el Estado.
Dijo que el Sistema Nacional Anticorrupción prevé herramientas novedosas y útiles como la manifestación caso por caso y contratación por contratación de no estar el particular y el servidor público frente a un conflicto de interés, así como las penas en que incurrirían por actos de corrupción, que van desde sanciones económicas hasta la disolución de las empresas, y en su caso, penas de prisión.
Refrendó que las observaciones parciales formuladas por el presidente Peña Nieto tiene. Como objeto colaborar con el Poder Legislativo para fortalecer a las instituciones y garantizar que todas las normas que se aprueban por el Congreso se apeguen a la Constitución.
Insistió en que tal como hasta ahora quedó aprobada la 3de3 haría que la presentación de las declaraciones de millones de mexicanos en nada ayudaría a combatir la corrupción y en todo caso perjudicaría su vida privada y pondría en riesgo sus derechos humanos.
¿Qué es el veto presidencial?
Es una facultad que tiene el Ejecutivo Federal para que un proyecto de ley votado y sancionado por el Congreso de la Unión entre en vigencia.
Así, un proyecto de Ley aprobado es remitido al Ejecutivo quien debe publicarlo “si no tuviere observaciones que hacer”.
Se considera aprobado por el Ejecutivo todo proyecto no devuelto con observaciones al Congreso de la Unión dentro de los treinta días naturales siguientes a su recepción. Incluso si el Presidente no publica una Ley a la que no ha hecho observaciones, después de los plazos legales referidos, la Ley se considera promulgada y el Presidente de la Cámara de origen ordena su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El proyecto de ley observado total o parcialmente por el Ejecutivo es devuelto al Congreso con sus observaciones. En el caso de la 3 de 3, discutirá de nuevo el tema. Las observaciones del Ejecutivo sólo pueden ser desechadas cuando las dos cámaras respalden por mayoría calificada el proyecto de Ley tal y como le fue remitido a Presidencia.
De igual forma, con el ánimo de no retrasar la vigencia del Nuevo Sistema Nacional Anticorrupción, el mandatario solicitará al Congreso de la Unión tener un periodo extraordinario y ello se formulará a la Comisión Permanente.
En un mensaje transmitido por Cepropie, el consejero jurídico de la Presidencia de la República, Humberto Castillejos, informó la decisión presidencial y señaló que luego de escuchar diversas voces que alertaron que la legislación era excesiva e inoperante, el primer mandatario decidió hacer observaciones y proponer algunos cambios, con el afán de que prevalezcan el apego a la Constitución y la protección a los derechos humanos.
El consejero jurídico del ejecutivo federal insistió en que las críticas a algunos artículos aprobados por el congreso han señalado un problema real a la operatividad del Sistema Nacional Anticorrupción y que esta medida afectaría de manera excesiva la vida privada y la protección de datos personales de los ciudadanos
“El sistema anticorrupción es de los ciudadanos y para los ciudadanos, su objetivo primordial es proteger su derecho a que los recursos que aportan a través de sus impuestos se usen de la mejor manera posible con transparencia y honestidad”, señaló.
Humberto Castillejos sostuvo que los cambios propuestos por el presidente Peña Nieto de ninguna manera disminuye la capacidad de las autoridades para investigar y sancionar a aquellos particular que actúen de forma irregular ante el Estado.
Dijo que el Sistema Nacional Anticorrupción prevé herramientas novedosas y útiles como la manifestación caso por caso y contratación por contratación de no estar el particular y el servidor público frente a un conflicto de interés, así como las penas en que incurrirían por actos de corrupción, que van desde sanciones económicas hasta la disolución de las empresas, y en su caso, penas de prisión.
Refrendó que las observaciones parciales formuladas por el presidente Peña Nieto tiene. Como objeto colaborar con el Poder Legislativo para fortalecer a las instituciones y garantizar que todas las normas que se aprueban por el Congreso se apeguen a la Constitución.
Insistió en que tal como hasta ahora quedó aprobada la 3de3 haría que la presentación de las declaraciones de millones de mexicanos en nada ayudaría a combatir la corrupción y en todo caso perjudicaría su vida privada y pondría en riesgo sus derechos humanos.
¿Qué es el veto presidencial?
Es una facultad que tiene el Ejecutivo Federal para que un proyecto de ley votado y sancionado por el Congreso de la Unión entre en vigencia.
Así, un proyecto de Ley aprobado es remitido al Ejecutivo quien debe publicarlo “si no tuviere observaciones que hacer”.
Se considera aprobado por el Ejecutivo todo proyecto no devuelto con observaciones al Congreso de la Unión dentro de los treinta días naturales siguientes a su recepción. Incluso si el Presidente no publica una Ley a la que no ha hecho observaciones, después de los plazos legales referidos, la Ley se considera promulgada y el Presidente de la Cámara de origen ordena su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El proyecto de ley observado total o parcialmente por el Ejecutivo es devuelto al Congreso con sus observaciones. En el caso de la 3 de 3, discutirá de nuevo el tema. Las observaciones del Ejecutivo sólo pueden ser desechadas cuando las dos cámaras respalden por mayoría calificada el proyecto de Ley tal y como le fue remitido a Presidencia.
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