Ciudad de México.- El Senado de la República recibió este viernes las observaciones del Ejecutivo federal a los incisos “B” y “C” del Artículo 32 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
En dichos apartados se propone excluir de la obligación de presentar declaraciones fiscal, patrimonial y de intereses a personas físicas, morales, becarios y beneficiarios de programas sociales que se relacionen económicamente con el Estado.
La Cámara de Senadores informó de la recepción del documento del presidente Enrique Peña Nieto en el que argumenta: “El Ejecutivo Federal a mi cargo considera que la obligación establecida para que los particulares presenten declaraciones de situación patrimonial y conflicto de interés, constituye una intromisión indebida en la esfera jurídica de las personas físicas y morales”.
Asimismo, en las observaciones se expone textualmente que “la obligación de presentar declaraciones de situación patrimonial y de intereses genéricas afecta la vida privada de las personas y, con ello, se ponen en peligro otros derechos como la vida, la seguridad, la salud y la libertad personal”.
Menciona que “si bien es cierto que se persigue un fin legítimo y de interés público. Impone una carga desmedida a todos los particulares que reciben recursos públicos, tanto directos como indirectos.
“Sin distinguir, por ejemplo, entre personas que reciben beneficios de programas sociales, estudiantes becados, a través de entidades públicas, e incluso a personas físicas que prestan servicios a empresas que tengan contratos públicos”.
Con ello, el Presidente de la República pone a consideración del Senado la eliminación de las personas físicas o morales como sujetos inexcusables y sólo mantiene la obligación para los servidores públicos.
Es decir, se exenta a los empresarios a que por ley presenten sus declaraciones patrimonial y de conflicto de interés, cuando firmen contratos de obras y servicios o reciban dinero público, al argumentar que la obligación de presentar éstas pone en peligro otros derechos, como la vida, la seguridad, la salud y la libertad personal.
Ello, como parte de las observaciones que envió este viernes al Senado de la República, para que se corrijan los incisos “B” y “C” y otros 15 artículos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, mejor conocida también como Ley 3 de 3.
El Ejecutivo Federal, en el texto de 29 cuartillas, propone al Senado una nueva redacción para el artículo 32, que es la siguiente:
“Estarán obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, bajo protesta de decir verdad y ante las secretarías o su respectivo órgano interno de control, todos los servidores públicos previstos en la presente ley. Asimismo, deberán presentar su declaración fiscal anual, en los mismos términos que disponga la legislación en la materia”.
Es decir, se suprime el párrafo que refería que los particulares deberán presentar las declaraciones a las que se refiere el primer párrafo del artículo 32, ante el órgano interno de control del ente público que le haya asignado los recursos o con el que haya contratado.
Asimismo, se suprimen los incisos “B” y “C” que obligaban a que cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos o contrate bajo cualquier modalidad con entes públicos de la Federación, de las entidades federativas y los municipios, a presentar estas declaraciones; lo mismo para las personas físicas que presten sus servicios o reciban recursos de las personas morales.
Como consecuencia de ello, se eliminan otros 15 artículos de la ley, cualquier referencia que involucre a los empresarios a presentar este tipo de declaraciones.
En dichos apartados se propone excluir de la obligación de presentar declaraciones fiscal, patrimonial y de intereses a personas físicas, morales, becarios y beneficiarios de programas sociales que se relacionen económicamente con el Estado.
La Cámara de Senadores informó de la recepción del documento del presidente Enrique Peña Nieto en el que argumenta: “El Ejecutivo Federal a mi cargo considera que la obligación establecida para que los particulares presenten declaraciones de situación patrimonial y conflicto de interés, constituye una intromisión indebida en la esfera jurídica de las personas físicas y morales”.
Asimismo, en las observaciones se expone textualmente que “la obligación de presentar declaraciones de situación patrimonial y de intereses genéricas afecta la vida privada de las personas y, con ello, se ponen en peligro otros derechos como la vida, la seguridad, la salud y la libertad personal”.
Menciona que “si bien es cierto que se persigue un fin legítimo y de interés público. Impone una carga desmedida a todos los particulares que reciben recursos públicos, tanto directos como indirectos.
“Sin distinguir, por ejemplo, entre personas que reciben beneficios de programas sociales, estudiantes becados, a través de entidades públicas, e incluso a personas físicas que prestan servicios a empresas que tengan contratos públicos”.
Con ello, el Presidente de la República pone a consideración del Senado la eliminación de las personas físicas o morales como sujetos inexcusables y sólo mantiene la obligación para los servidores públicos.
Es decir, se exenta a los empresarios a que por ley presenten sus declaraciones patrimonial y de conflicto de interés, cuando firmen contratos de obras y servicios o reciban dinero público, al argumentar que la obligación de presentar éstas pone en peligro otros derechos, como la vida, la seguridad, la salud y la libertad personal.
Ello, como parte de las observaciones que envió este viernes al Senado de la República, para que se corrijan los incisos “B” y “C” y otros 15 artículos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, mejor conocida también como Ley 3 de 3.
El Ejecutivo Federal, en el texto de 29 cuartillas, propone al Senado una nueva redacción para el artículo 32, que es la siguiente:
“Estarán obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, bajo protesta de decir verdad y ante las secretarías o su respectivo órgano interno de control, todos los servidores públicos previstos en la presente ley. Asimismo, deberán presentar su declaración fiscal anual, en los mismos términos que disponga la legislación en la materia”.
Es decir, se suprime el párrafo que refería que los particulares deberán presentar las declaraciones a las que se refiere el primer párrafo del artículo 32, ante el órgano interno de control del ente público que le haya asignado los recursos o con el que haya contratado.
Asimismo, se suprimen los incisos “B” y “C” que obligaban a que cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos o contrate bajo cualquier modalidad con entes públicos de la Federación, de las entidades federativas y los municipios, a presentar estas declaraciones; lo mismo para las personas físicas que presten sus servicios o reciban recursos de las personas morales.
Como consecuencia de ello, se eliminan otros 15 artículos de la ley, cualquier referencia que involucre a los empresarios a presentar este tipo de declaraciones.
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