martes, 30 de julio de 2013

La coalición “Veracruz para Adelante” es respetuosa de las instituciones: Érika Ayala

Xalapa, Veracruz.-  La coalición electoral total Veracruz para Adelante entregó en tiempo y forma toda la documentación que avala su integración ante el Instituto Electoral Veracruz (IEV), afirmó la vocera de la alianza y secretaria General del PRI, Érika Ayala Ríos, acompañada de los representantes de los partidos Nueva Alianza (PANAL) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
En conferencia de prensa, recordó que el 31 de enero pasado se entregó al Instituto Electoral Veracruzano, el convenio de la coalición total Veracruz para Adelante, mismo que fue aprobado por el Consejo General el 03 de febrero. Además recordó que el 17 de abril se presentaron ante este mismo órgano electoral las modificaciones al convenio de coalición, debido a la salida del Partido Cardenista, mismas que fueron aprobadas por el Consejo General el 20 de Abril del presente año.
Como vocera de la coalición Veracruz para Adelante reiteró que el IEV es la autoridad encargada de asignar las diputaciones plurinominales a cada uno de los partidos como lo señala la ley de acuerdo a los resultados obtenidos.
Con respecto a la conformación de la integración de la próxima legislatura estatal, la Vocera de la coalición Veracruz para Adelante, Erika Ayala Ríos, reiteró que los partidos que integran esta alianza son respetuosos de las instituciones electorales y de las disposiciones legales.
Al referirse a las declaraciones del panista Eduardo de la Torre sobre el convenio de coalición, Ayala Ríos reiteró que 18 de enero de 2013 en el Consejo General del IEV, a petición del propio Partido Acción Nacional, se solicitó una interpretación de los artículos 99 y 100 que se refieren a las postulaciones y nombres de candidatos.
El 27 de enero, agregó, el Consejo General acordó que los requisitos que establece el artículo 99, fracciones III y IV, del Código Electoral para el Estado, no pueden ser exigibles por el Consejo General a los partidos políticos al momento de presentar para su registro el convenio de coalición correspondiente, pues se trata de requisitos que en razón del desarrollo de la etapa del proceso electoral en que se exigen, no son posibles de cumplir por los partidos políticos, siendo responsabilidad de los coaligantes realizar el registro de sus candidatos en los términos que se establece el artículo 185 del Código Electoral.

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