México, D.F.- El Instituto Federal de Telecomunicaciones aprobó las disposiciones que deberán cumplir los concesionarios, permisionarios y autorizados para que a partir del 1 de enero de 2015 se deje de cobrar por las llamadas de larga distancia en territorio nacional.
En un comunicado, el órgano regulador explicó que las disposiciones señalan que solamente se podrán registrar o mantener tarifas de servicio local, sin perjuicio de las tarifas que en su caso registren o tengan registradas, para los servicios de larga distancia internacional.
Indicó que con la finalidad de garantizar que la eliminación de los cargos por llamadas de larga distancia beneficie a los usuarios, es necesario mantener de manera transitoria los actuales procedimientos de marcación y los mensajes de señalización que intercambian las redes públicas de telecomunicaciones en la interconexión.
El Ifetel explicó que en las llamadas de larga distancia nacional los usuarios deberán continuar marcando los prefijos 01 y 02 para llamadas en líneas fijas y 045 en el caso de las llamadas desde celular; sin embargo, en el caso de que el operador lo permita, las llamadas podrán hacerse en forma directa en 10 dígitos.
En el documento, el organismo regulador aclaró que ya sea con marcación con prefijo o directa con 10 dígitos las llamadas realizadas dentro del país hacia cualquier destino nacional serán cobradas a los usuarios con tarifas locales, pero en cuanto se tenga la oportunidad se determinará el mecanismo para migrar a una marcación
uniforme de solo 10 dígitos.
El Ifetel indicó que en virtud de que la ley determina que los concesionarios deberán realizar la consolidación de todas las áreas de servicio local existentes en el país conforme a los lineamientos que emita el instituto y con el fin de que los usuarios se beneficien, a partir del 1 de enero todo el territorio nacional será considerado como una sola área de servicio local.
Como consecuencia de lo anterior, todas las llamadas que se originen dentro del territorio mexicano deberán considerarse como llamadas locales y las tarifas serán las mismas para cualquiera de ellas.
En un comunicado, el órgano regulador explicó que las disposiciones señalan que solamente se podrán registrar o mantener tarifas de servicio local, sin perjuicio de las tarifas que en su caso registren o tengan registradas, para los servicios de larga distancia internacional.
Indicó que con la finalidad de garantizar que la eliminación de los cargos por llamadas de larga distancia beneficie a los usuarios, es necesario mantener de manera transitoria los actuales procedimientos de marcación y los mensajes de señalización que intercambian las redes públicas de telecomunicaciones en la interconexión.
El Ifetel explicó que en las llamadas de larga distancia nacional los usuarios deberán continuar marcando los prefijos 01 y 02 para llamadas en líneas fijas y 045 en el caso de las llamadas desde celular; sin embargo, en el caso de que el operador lo permita, las llamadas podrán hacerse en forma directa en 10 dígitos.
En el documento, el organismo regulador aclaró que ya sea con marcación con prefijo o directa con 10 dígitos las llamadas realizadas dentro del país hacia cualquier destino nacional serán cobradas a los usuarios con tarifas locales, pero en cuanto se tenga la oportunidad se determinará el mecanismo para migrar a una marcación
uniforme de solo 10 dígitos.
El Ifetel indicó que en virtud de que la ley determina que los concesionarios deberán realizar la consolidación de todas las áreas de servicio local existentes en el país conforme a los lineamientos que emita el instituto y con el fin de que los usuarios se beneficien, a partir del 1 de enero todo el territorio nacional será considerado como una sola área de servicio local.
Como consecuencia de lo anterior, todas las llamadas que se originen dentro del territorio mexicano deberán considerarse como llamadas locales y las tarifas serán las mismas para cualquiera de ellas.
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