México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó que Veracruz elija gobernador para que ocupe el cargo durante sólo 2 años, con el fin de adecuarse al calendario de las elecciones federales de 2018.
En votación unánime, los ministros del Pleno establecieron que el Congreso de Veracruz modificó adecuadamente la Constitución Local para permitir que en junio de 2016 se elija a un gobernador que sólo ocupe el cargo durante dos años.
"Los estados que están dentro del mismo año de la elección federal no tienen que ajustarse al día, pero los que no estén en esa condición tienen que ajustarse al año. El órgano reformador del estado de Veracruz finalmente hizo las modificaciones, redujo el periodo para hacerlo coincidir y darle entonces esta inteligencia", afirmó el ministro José Ramón Cossío.
Al resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por el Partido Movimiento Ciudadano, los ministros coincidieron en que los estados están facultados para modificar los periodos de gobierno, siempre y cuando, en el caso de Gobernador, no se excedan los 6 años que marca la ley.
"Se estima infundado que los artículos impugnados vulneren algún principio democrático. Pues el artículo 116 constitucional Federal no prevé lineamiento alguno acerca del periodo de los legisladores y tratándose del gobernador sólo prevé el tope máximo de seis años, más no un lapso mínimo".
En votación unánime, los ministros del Pleno establecieron que el Congreso de Veracruz modificó adecuadamente la Constitución Local para permitir que en junio de 2016 se elija a un gobernador que sólo ocupe el cargo durante dos años.
"Los estados que están dentro del mismo año de la elección federal no tienen que ajustarse al día, pero los que no estén en esa condición tienen que ajustarse al año. El órgano reformador del estado de Veracruz finalmente hizo las modificaciones, redujo el periodo para hacerlo coincidir y darle entonces esta inteligencia", afirmó el ministro José Ramón Cossío.
Al resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por el Partido Movimiento Ciudadano, los ministros coincidieron en que los estados están facultados para modificar los periodos de gobierno, siempre y cuando, en el caso de Gobernador, no se excedan los 6 años que marca la ley.
"Se estima infundado que los artículos impugnados vulneren algún principio democrático. Pues el artículo 116 constitucional Federal no prevé lineamiento alguno acerca del periodo de los legisladores y tratándose del gobernador sólo prevé el tope máximo de seis años, más no un lapso mínimo".
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