Ciudad de México.- Con cuatro de cinco votos, la Primera Sala de la Suprema Corte avaló el uso lúdico o recreativo de la mariguana, al conceder un amparo a cuatro personas que avala el autoconsumo recreativo de la droga, pero no su comercio.
En sesión histórica, la Primera Sala resolvió, por cuatro votos a favor y un solo voto en contra, la aprobación del consumo de la mariguana, al declarar inconstitucionales cinco artículos de la Ley General de Salud que prohiben a la Secretaria de Salud autorizar actos relacionados con el consumo personal de esta droga con fines recreativos.
Los votos a favor fueron de los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, José Ramón Cossío Díaz, Olga Sánchez Cordero y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea (ponente).
El único voto en contra fue del ministro José María Pardo Rebolledo.
Con su decisión, la Primera Sala de la Corte otorga la protección de la justicia federal a cuatro personas para que puedan tener plena libertad para sembrar, transportar y fumar mariguana para su uso recreativo y lúdico. Ellos se encuentran dentro de la agrupación denominada Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante ligada con la asociación México Unido Contra la Delincuencia.
Se trata de Josefina Ricaño, Armando Santacruz, José Pablo Girault y Juan Francisco Torres Landa Ruffo, quienes han puesto a discusión en el escenario nacional el tema de la legalización de la mariguana.
La determinación de los ministros no aplica sino para los cuatro promoventes del amparo y no sienta jurisprudencia; sin embargo, abre la puerta a la discusión para la regulación del uso lúdico de la mariguana.
Con su proyecto de sentencia, el ministro Arturo Zaldívar buscaba que este día al menos otros dos ministros apoyaran su documento, que propone amparar a las cuatro personas que buscan libremente sembrar, transportar y fumar cannabis.
El proyecto de sentencia consideró que prohibir el consumo personal de mariguana con fines lúdicos y recreativos es contrario al libre desarrollo de la personalidad.
Dicha propuesta no constituye una autorización para la comercialización de mariguana, ni para el consumo de otros estupefacientes y psicotrópicos.
Excelsior
En sesión histórica, la Primera Sala resolvió, por cuatro votos a favor y un solo voto en contra, la aprobación del consumo de la mariguana, al declarar inconstitucionales cinco artículos de la Ley General de Salud que prohiben a la Secretaria de Salud autorizar actos relacionados con el consumo personal de esta droga con fines recreativos.
Los votos a favor fueron de los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, José Ramón Cossío Díaz, Olga Sánchez Cordero y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea (ponente).
El único voto en contra fue del ministro José María Pardo Rebolledo.
Con su decisión, la Primera Sala de la Corte otorga la protección de la justicia federal a cuatro personas para que puedan tener plena libertad para sembrar, transportar y fumar mariguana para su uso recreativo y lúdico. Ellos se encuentran dentro de la agrupación denominada Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante ligada con la asociación México Unido Contra la Delincuencia.
Se trata de Josefina Ricaño, Armando Santacruz, José Pablo Girault y Juan Francisco Torres Landa Ruffo, quienes han puesto a discusión en el escenario nacional el tema de la legalización de la mariguana.
La determinación de los ministros no aplica sino para los cuatro promoventes del amparo y no sienta jurisprudencia; sin embargo, abre la puerta a la discusión para la regulación del uso lúdico de la mariguana.
Con su proyecto de sentencia, el ministro Arturo Zaldívar buscaba que este día al menos otros dos ministros apoyaran su documento, que propone amparar a las cuatro personas que buscan libremente sembrar, transportar y fumar cannabis.
El proyecto de sentencia consideró que prohibir el consumo personal de mariguana con fines lúdicos y recreativos es contrario al libre desarrollo de la personalidad.
Dicha propuesta no constituye una autorización para la comercialización de mariguana, ni para el consumo de otros estupefacientes y psicotrópicos.
Excelsior
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