Estado de México.- Una estudiante de telesecundaria fue víctima de acoso escolar; la autoridad escolar deberá dar una disculpa institucional por escrito.
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem), emitió la recomendación 26/2016 al director general de los Servicios Educativos Integrados del Estado de México (SEIEM) por maltrato físico y emocional a estudiantes de un grupo y ejercer abuso sexual en contra de una alumna de telesecundaria en Aculco.
Dichas conductas trasgredieron el derecho que tienen todos a una educación libre de violencia, lo que implica que en los centros escolares públicos o privados no se ejerza en contra de los niños y adolescentes violencia física, sexual, psicoemocional o verbal.
Derivado de la investigación del personal de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, el docente responsable de dichas acciones, tendrá que enfrentar un procedimiento administrativo disciplinario ante el órgano de control interno del SEIEM, así como una investigación penal.
Aunque el abuso sexual se centró en una alumna, a quien el docente le realizaba tocamientos; mostraba videos pornográficos y decía groserías, el resto de los alumnos también padeció agresiones y amenazas que a la postre les generó daños en su autoestima, desvaloración e inseguridad personal.
Lo anterior, estableció la Codhem, dista de los contenidos de Leyes, Convenios y Acuerdos que valoran el principio del interés superior de la niñez y por tanto, se debe otorgar una educación en un ambiente seguro y estimulante, lo cual no aconteció en este caso.
El organismo indicó que la violencia no es justificable bajo ninguna circunstancia contra niños y adolescentes, pues la atención educativa se cimienta en los derechos fundamentales de la niñez, cuyo eje central sea el respeto y reconocimiento a la dignidad humana.
Puntualizó que la víctima, por su edad, desarrollo evolutivo, cognitivo y grado de madurez estaba en una situación de vulnerabilidad, debido a la dependencia que tenía de un adulto para satisfacer sus necesidades básicas.
El organismo defensor detalló que el órgano de control interno de los SEIEM tramitará el procedimiento administrativo disciplinario en contra del servidor público, y la Procuraduría General de Justicia de la entidad, a través de la agencia del Ministerio Público especializada en violencia familiar, sexual y de género de Atlacomulco, integrará la carpeta de investigación, para determinar la responsabilidad penal que pudiera derivarse.
Asimismo, la Codhem determinó que el profesor no cumplió con la máxima diligencia el servicio encomendado y deberá ser suspendido de toda actividad frente a grupo, pero continuar adscrito a la supervisión escolar, sin menoscabo de sus derechos laborales, en tanto se decidan las responsabilidades que resulten por las instancias competentes.
La Comisión pidió atender de inmediato el punto recomendatorio referente a brindar atención psicológica especializada a la niña y dar una disculpa institucional por escrito a la madre de la afectada, por conducto del supervisor escolar de la zona, que incluya el reconocimiento de los hechos y la aceptación de las responsabilidades por los actos documentados.
De igual manera se deberá pedir al Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, programar, calendarizar y capacitar al personal docente y administrativo de los planteles de dicha supervisión escolar, sobre equidad e igualdad de género, lenguaje incluyente, entre otros temas; impartir cursos para servidores públicos de la telesecundaria sobre el respeto y salvaguarda del interés superior de la infancia; y que personal de la supervisión escolar realice visitas periódicas a los centros educativos, en especial a los que tienen docentes que fungen como directores.
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem), emitió la recomendación 26/2016 al director general de los Servicios Educativos Integrados del Estado de México (SEIEM) por maltrato físico y emocional a estudiantes de un grupo y ejercer abuso sexual en contra de una alumna de telesecundaria en Aculco.
Dichas conductas trasgredieron el derecho que tienen todos a una educación libre de violencia, lo que implica que en los centros escolares públicos o privados no se ejerza en contra de los niños y adolescentes violencia física, sexual, psicoemocional o verbal.
Derivado de la investigación del personal de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, el docente responsable de dichas acciones, tendrá que enfrentar un procedimiento administrativo disciplinario ante el órgano de control interno del SEIEM, así como una investigación penal.
Aunque el abuso sexual se centró en una alumna, a quien el docente le realizaba tocamientos; mostraba videos pornográficos y decía groserías, el resto de los alumnos también padeció agresiones y amenazas que a la postre les generó daños en su autoestima, desvaloración e inseguridad personal.
Lo anterior, estableció la Codhem, dista de los contenidos de Leyes, Convenios y Acuerdos que valoran el principio del interés superior de la niñez y por tanto, se debe otorgar una educación en un ambiente seguro y estimulante, lo cual no aconteció en este caso.
El organismo indicó que la violencia no es justificable bajo ninguna circunstancia contra niños y adolescentes, pues la atención educativa se cimienta en los derechos fundamentales de la niñez, cuyo eje central sea el respeto y reconocimiento a la dignidad humana.
Puntualizó que la víctima, por su edad, desarrollo evolutivo, cognitivo y grado de madurez estaba en una situación de vulnerabilidad, debido a la dependencia que tenía de un adulto para satisfacer sus necesidades básicas.
El organismo defensor detalló que el órgano de control interno de los SEIEM tramitará el procedimiento administrativo disciplinario en contra del servidor público, y la Procuraduría General de Justicia de la entidad, a través de la agencia del Ministerio Público especializada en violencia familiar, sexual y de género de Atlacomulco, integrará la carpeta de investigación, para determinar la responsabilidad penal que pudiera derivarse.
Asimismo, la Codhem determinó que el profesor no cumplió con la máxima diligencia el servicio encomendado y deberá ser suspendido de toda actividad frente a grupo, pero continuar adscrito a la supervisión escolar, sin menoscabo de sus derechos laborales, en tanto se decidan las responsabilidades que resulten por las instancias competentes.
La Comisión pidió atender de inmediato el punto recomendatorio referente a brindar atención psicológica especializada a la niña y dar una disculpa institucional por escrito a la madre de la afectada, por conducto del supervisor escolar de la zona, que incluya el reconocimiento de los hechos y la aceptación de las responsabilidades por los actos documentados.
De igual manera se deberá pedir al Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, programar, calendarizar y capacitar al personal docente y administrativo de los planteles de dicha supervisión escolar, sobre equidad e igualdad de género, lenguaje incluyente, entre otros temas; impartir cursos para servidores públicos de la telesecundaria sobre el respeto y salvaguarda del interés superior de la infancia; y que personal de la supervisión escolar realice visitas periódicas a los centros educativos, en especial a los que tienen docentes que fungen como directores.
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