Ciudad de México.- El Senado aprobó la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la condición del Espectro Autista, con la que se impulsa su integración e inclusión plena en la sociedad, mediante la promoción y protección de sus derechos y necesidades fundamentales, reconocidos en la Constitución.
El nuevo ordenamiento plantea la creación de la Comisión Intersecretarial para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, constituida como instancia de carácter permanente del Ejecutivo federal, para garantizar la ejecución de los programas en la materia.
Además, prohíbe a las clínicas y hospitales rechazar la atención a personas con autismo; impedir su inscripción en los planteles educativos públicos y privados; permitir que niños y jóvenes sean víctimas de burlas y agresiones; imposibilitar el acceso a servicios públicos y privados de carácter cultural, deportivo, recreativo; negar el derecho a contratar seguros de gastos médicos y denegar la posibilidad de contratación laboral a quienes cuenten con certificados de habilitación, entre otros.
Dicha Comisión coordinará y dará seguimiento a las acciones que realicen dependencias y entidades de la administración pública federal; formulará mecanismos de coordinación entre los tres órdenes de gobierno; planteará mecanismos de concertación con los sectores social y privado; apoyará la promoción de políticas, estrategias y acciones en la materia, y propondrá al Ejecutivo federal políticas y criterios para la formulación de programas y acciones.
Contempla las responsabilidades y faltas administrativas, así como los hechos delictivos que se cometan por la indebida observancia a la Ley, así como las sanciones en los términos de las leyes administrativas y penales aplicables en los órdenes federal y local.
El nuevo ordenamiento plantea la creación de la Comisión Intersecretarial para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, constituida como instancia de carácter permanente del Ejecutivo federal, para garantizar la ejecución de los programas en la materia.
Además, prohíbe a las clínicas y hospitales rechazar la atención a personas con autismo; impedir su inscripción en los planteles educativos públicos y privados; permitir que niños y jóvenes sean víctimas de burlas y agresiones; imposibilitar el acceso a servicios públicos y privados de carácter cultural, deportivo, recreativo; negar el derecho a contratar seguros de gastos médicos y denegar la posibilidad de contratación laboral a quienes cuenten con certificados de habilitación, entre otros.
Dicha Comisión coordinará y dará seguimiento a las acciones que realicen dependencias y entidades de la administración pública federal; formulará mecanismos de coordinación entre los tres órdenes de gobierno; planteará mecanismos de concertación con los sectores social y privado; apoyará la promoción de políticas, estrategias y acciones en la materia, y propondrá al Ejecutivo federal políticas y criterios para la formulación de programas y acciones.
Contempla las responsabilidades y faltas administrativas, así como los hechos delictivos que se cometan por la indebida observancia a la Ley, así como las sanciones en los términos de las leyes administrativas y penales aplicables en los órdenes federal y local.
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