viernes, 17 de abril de 2015

Endurecen sanciones en el Reglamento de Tránsito

Ciudad de México.- El nuevo Reglamento de Tránsito del Distrito Federal (RTDF) contempla un esquema de sanciones más estricto, con multas que van de cinco a mil veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México (UCCM), es decir, infracciones que van de 349 a 69 mil 950 pesos.
El universo de sanciones, que revisa la Consejería Jurídica, aplica principalmente para conductores de vehículos particulares, de transporte público y de carga, pues los ciclistas y peatones, considerados los usuarios principales y con preferencia de la vía, en caso de que incurran en alguna falta únicamente serán amonestados verbalmente.
De acuerdo con la versión definitiva del texto,  las modificaciones respecto al Reglamento de Tránsito Metropolitano, vigente a la fecha, se concentraron en las normas generales de vialidad para vehículos motorizados que tienen que ver con circulación, seguridad vial, preferencias de paso, uso de la vía y prohibiciones.
En principio, el reglamento contemplará la seguridad vial como un derecho y obligará a las autoridades capitalinas a que se generen las condiciones necesarias para “garantizar la protección de la vida”.
El RTDF cuenta con 71 artículos contenidos en seis títulos, en los que se establecen disposiciones generales, normas de circulación, uso de la vía pública, normas de seguridad para la conducción de vehículos, regulación, inspección, vigilancia y sanciones legales y medios de impugnación.
Establece una clara prioridad del peatón y del ciclista conforme a la jerarquía que se estableció en la Ley de Movilidad, publicada el 14 de julio pasado, e incluye el uso racional del automóvil como medio para mejorar la salud y el ambiente.
Reconoce el derecho de los ciclistas de ocupar todo el carril de extrema derecha para circular cuando no exista ciclovía y establece una obligación para que este sector siga el flujo vehicular y no invadan los espacios peatonales.
El único supuesto en el que un ciclista puede ser sancionado, con una multa de 11 a 20 veces la UCCM o con arresto administrativo de 13 a 24 horas, es cuando embista a un peatón, aunque no le provoque lesiones y siempre que el agraviado lo solicite.
La Secretaría de Movilidad (Semovi) indicó que el reglamento será publicado a más tardar el 29 de abril, una vez que venza el plazo de 180 días que otorgó la Ley de Movilidad.

Excelsior

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