Edomex.- En diferentes plazas comerciales se pueden observar diversos comercios con sellos de suspensión de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO). La pregunta constante es ¿Por qué si tienen la leyenda de suspensión siguen funcionando?
El Delegado de Profeco en el Valle de Toluca, Alejandro Gutiérrez, explica que la colocación de sellos es una medida precautoria que avisa a los consumidores que estos establecimientos están incurriendo en ciertas faltas a la Ley federal de protección al consumidor.
“Cuando nosotros realizamos una verificación y detectamos alguna irregularidad o alguna falla a la ley federal de protección al consumidor se procede a la colocación de sellos, que es una medida precautoria y es de suspensión de la actividad comercial”, dice.
En este sentido, explica que “la suspensión de la actividad comercial” se refiere y aplica exclusivamente al producto donde se detectó la falla y no al establecimiento. Esto es, si en una supervisión a un restaurante se detecta que están vendiendo algún tequila que no cumple con las directrices de las normas, la suspensión será para la comercialización de ese tequila.
“Cuando es algo especifico se inmoviliza el producto a veces nos ha tocado ver en algunos supermercados que existen islas completas con plástico alrededor y con sellos de suspensión eso quiere decir que ese producto esta con faltas”.
Entonces el sello de suspensión: “Avisa a los consumidores que el establecimiento esta bajo un proceso de análisis con la Procuraduría Federal del Consumidor por faltas a la ley federal de protección al consumidor; entre ellas, que no informa precios, que no respeta promociones y que condiciona el servicio; y que se le va a sancionar conforme a la falta que se tenga”.
Este proceso de análisis dura entre 30 a 60 días, tiempo en el cual es decisión del consumidor adquirir en ese establecimiento o no.
El funcionario señala que en esos días la Profeco revisa cuál fue la falta, así como el daño que puede causar a los consumidores para después emitir una sanción, la cual puede ser una multa o la clausura del comercio.
Las multas son variadas, están clasificadas en diferentes rangos que van desde los 600 mil pesos hasta los dos millones y medio de pesos. Sin embargo, en el Valle de Toluca, dice el Delegado, se han impuesto sólo multas de los 15 o 20 mil pesos hasta 70 mil, ya que las faltas son consideradas como menores.
Respecto a la clausura de comercios, estas pueden ser de dos tipos: temporales o indefinidas. Las primeras son de hasta 90 días, las segundas pueden durar más tres meses, dependiendo de la falta y el tiempo que dure el proceso de análisis.
El Delegado de Profeco en el Valle de Toluca, Alejandro Gutiérrez, explica que la colocación de sellos es una medida precautoria que avisa a los consumidores que estos establecimientos están incurriendo en ciertas faltas a la Ley federal de protección al consumidor.
“Cuando nosotros realizamos una verificación y detectamos alguna irregularidad o alguna falla a la ley federal de protección al consumidor se procede a la colocación de sellos, que es una medida precautoria y es de suspensión de la actividad comercial”, dice.
En este sentido, explica que “la suspensión de la actividad comercial” se refiere y aplica exclusivamente al producto donde se detectó la falla y no al establecimiento. Esto es, si en una supervisión a un restaurante se detecta que están vendiendo algún tequila que no cumple con las directrices de las normas, la suspensión será para la comercialización de ese tequila.
“Cuando es algo especifico se inmoviliza el producto a veces nos ha tocado ver en algunos supermercados que existen islas completas con plástico alrededor y con sellos de suspensión eso quiere decir que ese producto esta con faltas”.
Entonces el sello de suspensión: “Avisa a los consumidores que el establecimiento esta bajo un proceso de análisis con la Procuraduría Federal del Consumidor por faltas a la ley federal de protección al consumidor; entre ellas, que no informa precios, que no respeta promociones y que condiciona el servicio; y que se le va a sancionar conforme a la falta que se tenga”.
Este proceso de análisis dura entre 30 a 60 días, tiempo en el cual es decisión del consumidor adquirir en ese establecimiento o no.
El funcionario señala que en esos días la Profeco revisa cuál fue la falta, así como el daño que puede causar a los consumidores para después emitir una sanción, la cual puede ser una multa o la clausura del comercio.
Las multas son variadas, están clasificadas en diferentes rangos que van desde los 600 mil pesos hasta los dos millones y medio de pesos. Sin embargo, en el Valle de Toluca, dice el Delegado, se han impuesto sólo multas de los 15 o 20 mil pesos hasta 70 mil, ya que las faltas son consideradas como menores.
Respecto a la clausura de comercios, estas pueden ser de dos tipos: temporales o indefinidas. Las primeras son de hasta 90 días, las segundas pueden durar más tres meses, dependiendo de la falta y el tiempo que dure el proceso de análisis.
Alfadiario