Ciudad de México.- El Congreso de la Unión aprobó la Ley de Seguridad Interior dentro de una maratónica sesión de 24:50 horas que inició el jueves y concluyó ayer viernes, casi al mediodía.
A las 16:33 horas del jueves, el Senado le hizo 11 cambios a la minuta de la Cámara de Diputados y la devolvió a San Lázaro, donde en sólo 65 minutos fue ratificada.
La ley, que regula la actuación de las Fuerzas Armadas en la lucha contra el crimen, permitirá a estados y municipios con problemas provocados por la delincuencia organizada obtener el respaldo de la Federación.
Este apoyo puede ser a través de la Policía Federal o las Fuerzas Armadas hasta por un año, pero los gobiernos locales deberán comprometerse a depurar y mejorar sus policías si es que desean que el auxilio se prolongue, dice el decreto enviado al Ejecutivo para su promulgación.
VOTAN EN FAST TRACK LEY POLÉMICA
En una jornada que incluyó sesionar de madrugada y dispensar trámites, el Congreso de la Unión aprobó la Ley de Seguridad Interior para que los estados y municipios con problemas provocados por el crimen organizado puedan obtener la ayuda de la Federación.
Este apoyo puede ser a través de la Policía Federal o las Fuerzas Armadas hasta por un año, pero los gobiernos locales deberán comprometerse a depurar y mejorar sus cuerpos policiacos si desean que el auxilio se prolongue.
En sólo 65 minutos la Cámara de Diputados avaló los 11 cambios que el Senado hizo a diez artículos y una adición al régimen transitorio, a fin de evitar temores sobre una posible militarización del país y visos de inconstitucionalidad. El debate se alargó 15 horas y media por la estrategia de dilación aplicada por la izquierda.
Ambas Cámaras registraron el voto dividido del PAN, pero el sufragio unánime del PRI y el Verde. En el Senado fueron en total 71 votos en favor, 34 en contra y tres abstenciones. El aval corrió a cargo de 12 panistas, seis del Verde y 53 priistas. Los que votaron en contra fueron 14 panistas, 14 del PT, cuatro del PRD y dos senadores sin partido.
En la Cámara de Diputados fueron 262 votos en favor y 26 en contra oficialmente. Fue avalada por 199 priistas, 11 panistas, 38 del PVEM, 11 del Panal, dos del PES y uno sin bancada.
Después de ser aprobado en San Lázaro el decreto fue enviado al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y posterior entrada en vigor.
La nueva ley, criticada ampliamente por organizaciones sociales, instituciones académicas, especialistas, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) e incluso la ONU y Amnistía Internacional, fue avalada por legisladores que pertenecen a estados con altos niveles de violencia, como Tamaulipas, Baja California Sur, Guerrero, Guanajuato y Jalisco, así como Puebla.
Aunque la Cámara de origen fue San Lázaro, la Ley de Seguridad Interior tuvo su mayor discusión pública en el Senado, donde se le hicieron cambios y se generaron momentos de tensión y descalificación entre legisladores y activistas.
El decreto establece que el Presidente de la República podrá ordenar, por sí mismo o a petición del Legislativo o Ejecutivo local, la intervención de la Federación para la implementación de acciones de seguridad en una zona geográfica de una entidad, previa emisión de una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior.
Esta declaratoria se realizará cuando se “comprometan o superen las capacidades efectivas de las autoridades competentes para atenderla, o se originen por la falta o insuficiente colaboración de las entidades federativas y municipios en la preservación de la Seguridad Nacional”.
Cuando el Ejecutivo federal haga esta declaración deberá notificar a la Comisión Bicamaral de Seguridad nacional del Congreso de la Unión y a la CNDH. La ayuda será de un año, con opción a prolongarse, pero para esto será necesario que los solicitantes demuestren que han trabajado en profesionalizar a sus policías, pero todavía no han concluido esa tarea o que los motivos que generaron la alerta siguen presentes.
La declaratoria no podrá aplicarse a protestas de tipo político-electoral, y las fuerzas federales estarán obligadas a respetar en todo momento los derechos humanos. En caso de que estos elementos se percaten de un delito, lo harán del conocimiento inmediato del MP y se limitarán a preservar el lugar de los hechos.
Sólo cuando exista presencia de Fuerzas Armadas, la coordinación de la declaración estará a cargo de un militar, que a su vez reportará a la autoridad federal civil, que es la Secretaría de Gobernación.
MARCO JURÍDICO
La ley que senadores y diputados aprobaron ayer define la seguridad interior como la condición que proporciona el Estado para salvaguardar la permanencia de sus órdenes de gobierno, instituciones, el desarrollo nacional, el Estado de derecho y la gobernabilidad democrática.
Establece que el Poder Ejecutivo Federal podrá intervenir a nivel local a través de una declaratoria de protección a la seguridad interior.
La declaratoria debe precisar qué amenaza se va a combatir, por cuánto tiempo, qué elementos la combatirán y la zona de operaración, entre otros puntos.
La intervención del gobierno federal no podrá exceder un año, pero si persiste la amenaza a la seguridad interior puede haber prórrogas.
El Presidente de la República podrá ordenar la intervención de la Federación por iniciativa propia o a petición de las legislaturas locales o gobernadores.
La procedencia de la intervención se pondrá a consideración del Consejo Nacional de Seguridad; de aceptarse se expedirá la declaratoria dentro de las 72 horas siguientes a la solicitud.
Se informará de la declaratoria a la Secretaría de Gobernación, a la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
En ningún caso las acciones de seguridad interior sustituirán a las autoridades de otros órdenes de gobierno en el cumplimiento de sus competencias o las eximirá de sus responsabilidades.