INE debe suspender organización de elecciones para jueces y magistrados: Juzgado
La resolución judicial fue publicada como parte del juicio de amparo número 1125/2024, promovido por la Fundación Iris en Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, y señala: “requiérase por última ocasión al Consejo General del INE (…) para que en el plazo de 24 horas contadas a partir de que quede debidamente notificado del presente proveído, acate los efectos de la suspensión provisional concedida en el presente incidente de suspensión”.}
La suspensión concedida establece que el Consejo General del INE debe abstenerse “de implementar el Proceso Electoral Extraordinario 2024- 2025, asimismo no emita acuerdos para la organización, desarrollo, cómputo, vigilancia y fiscalización del proceso electoral extraordinario del año 2025”.
Asimismo, refiere que el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) debe suspender la realización de ·un plan de trabajo para la transferencia de los recursos materiales, humanos, financieros y presupuestales al Tribunal de Disciplina Judicial en lo que respecta a las funciones de disciplina y control interno de los integrantes del Poder Judicial de la Federación (PJF); y al órgano de administración judicial en lo que corresponde a sus funciones administrativas y de carrera judicial, asimismo, omita emitir acuerdos generales y específicos que se requieran para implementar dicho plan de trabajo”.
Al Senado de la República, ordenó el juzgado, no debe “emitir la convocatoria para integrar los listados de las personas candidatas que participen en la elección extraordinaria para renovar los cargos del Poder Judicial de la Federación (PJF); así como omita tomar protesta de su encargo de los juzgadores vencedores en la eventual elección el 1 de septiembre de 2025; y, omita realizar las adecuaciones a las leyes federales que correspondan para dar cumplimiento del Decreto controvertido”.
Asimismo, establece en su resolución impedimentos para Cámara de Diputados federal, los congresos locales y el de la Ciudad de México, para dar cumplimiento al decreto que surgió con la reforma al Poder Judicial.
En ese contexto, se señala que se “apercibe por última ocasión antes de hacer efectiva la medida de apremio, que de no acatar lo ordenado, se les impondrá a cada uno de los integrantes del Consejo, una multa de 500 unidades de medida y actualización de acuerdo a la reforma constitucional en materia de desindexación del salario mínimo estableció la Unidad de Medida y Actualización, que corresponden a 54 mil 285 pesos”.
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