Toluca, Méx.- Tras acreditar violaciones a los derechos fundamentales en contra de varias alumnas de una escuela primaria del municipio de Ixtapaluca, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México emitió una recomendación a la Secretaría de Educación estatal, con la finalidad de preservar los derechos a la educación y a la integridad del alumnado.
Al emitir su Recomendación número 23/2013, la Defensoría de Habitantes informó que tras una amplia investigación corroboró que el profesor de primaria Pedro Villareal Guzmán realizó en diversas ocasiones tocamientos erótico sexuales en contra de al menos 13 de sus alumnas de segundo grado, afectando gravemente sus derechos, que están protegidos por las leyes locales, nacionales, así como los pactos y convenciones internacionales relacionados con la infancia.
Los hechos que motivaron la intervención de este Organismo y que quedaron asentados en el expediente de queja CODHEM/CHA/284/2012, tuvieron lugar durante el ciclo escolar 2011-2012 en una escuela primaria del municipio de Ixtapaluca, donde dicho servidor público utilizó recurrentemente el auditorio del plantel y su propia aula para las ilegales conductas que desarrolló en contra de las menores y que afectaron su integridad física y sexual.
Una vez que los padres de familia se enteraron de los hechos, pidieron la intervención de las autoridades escolares e interpusieron la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público, donde se iniciaron las carpetas respectivas de investigación.
El personal de la CODHEM analizó el escrito de la queja, valoró los informes allegados, las pruebas aportadas y demás evidencias reunidas, por lo que resolvió que existieron elementos que comprueban la violación a derechos humanos de varias niñas.
Así, la Defensoría de Habitantes mexiquense subrayó que derivado de la Recomendación 13/2007 que fundamentó violaciones similares de abuso sexual, en ese año se emitió a las autoridades educativas en general, la circular 373/DREB09/2007, en la que se obliga a los docentes a "no efectuar saludo de beso, algún tipo de contacto o permanecer a solas con el alumnado"; no obstante, el profesor, reconoció que comúnmente saludaba a sus alumnas "en la mejilla".
Por lo anterior, la directora escolar dio vista al Órgano de Control Interno de la Secretaría de Educación estatal; sin embargo, pese a la cantidad de niñas afectadas, al momento de emitir la recomendación, el profesor seguía ejerciendo la docencia en otro plantel de la misma dependencia estatal.
En tal virtud, el Ombudsman mexiquense recomendó a las autoridades educativas adjuntar la copia certificada de su resolución al expediente CI/SE/QJ/020/2013 iniciado en la Contraloría Interna de la Secretaría de Educación para determinar la responsabilidad en que incurrió el servidor público Pedro Villareal Guzmán por los actos y omisiones documentados.
De igual manera, la Defensoría de Habitantes estatal instruyó a la Secretaría de Educación aplicar de manera correcta la circular enunciada anteriormente y hacerla extensiva a las autoridades escolares del plantel.
Con la finalidad de preservar los derechos a la educación y a la integridad del alumnado, al tener evidencia plena de la grave afectación al interés superior del niño, el comisionado estatal de derechos humanos solicitó a la autoridad educativa instrumentar las medidas pertinentes que identifiquen si el servidor público cuenta con capacidad y aptitud para ejercer la docencia frente a grupo; en caso contrario, se efectúen las acciones legales y administrativas que sean procedentes.
Asimismo, en armonía al impulso de una educación en valores y el respeto a los derechos humanos, y ante la reiteración de hechos violatorios que incluyen abusos físicos y sexuales, el Organismo recomendó la ejecución en un plazo considerable de un proyecto que promueva y conciencie sobre los derechos humanos en el nivel básico del Sistema Educativo.
Por último, con base en la prevención y protección de los derechos humanos de los menores, se propuso al secretario de Educación instrumentar cursos de capacitación y actualización en materia de derechos humanos, y el marco jurídico que rige la actuación del personal docente y directivo, a efecto de adoptar como regla invariable de conducta, el elemental respeto de las normas y de los alumnos y sus derechos.
Al emitir su Recomendación número 23/2013, la Defensoría de Habitantes informó que tras una amplia investigación corroboró que el profesor de primaria Pedro Villareal Guzmán realizó en diversas ocasiones tocamientos erótico sexuales en contra de al menos 13 de sus alumnas de segundo grado, afectando gravemente sus derechos, que están protegidos por las leyes locales, nacionales, así como los pactos y convenciones internacionales relacionados con la infancia.
Los hechos que motivaron la intervención de este Organismo y que quedaron asentados en el expediente de queja CODHEM/CHA/284/2012, tuvieron lugar durante el ciclo escolar 2011-2012 en una escuela primaria del municipio de Ixtapaluca, donde dicho servidor público utilizó recurrentemente el auditorio del plantel y su propia aula para las ilegales conductas que desarrolló en contra de las menores y que afectaron su integridad física y sexual.
Una vez que los padres de familia se enteraron de los hechos, pidieron la intervención de las autoridades escolares e interpusieron la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público, donde se iniciaron las carpetas respectivas de investigación.
El personal de la CODHEM analizó el escrito de la queja, valoró los informes allegados, las pruebas aportadas y demás evidencias reunidas, por lo que resolvió que existieron elementos que comprueban la violación a derechos humanos de varias niñas.
Así, la Defensoría de Habitantes mexiquense subrayó que derivado de la Recomendación 13/2007 que fundamentó violaciones similares de abuso sexual, en ese año se emitió a las autoridades educativas en general, la circular 373/DREB09/2007, en la que se obliga a los docentes a "no efectuar saludo de beso, algún tipo de contacto o permanecer a solas con el alumnado"; no obstante, el profesor, reconoció que comúnmente saludaba a sus alumnas "en la mejilla".
Por lo anterior, la directora escolar dio vista al Órgano de Control Interno de la Secretaría de Educación estatal; sin embargo, pese a la cantidad de niñas afectadas, al momento de emitir la recomendación, el profesor seguía ejerciendo la docencia en otro plantel de la misma dependencia estatal.
En tal virtud, el Ombudsman mexiquense recomendó a las autoridades educativas adjuntar la copia certificada de su resolución al expediente CI/SE/QJ/020/2013 iniciado en la Contraloría Interna de la Secretaría de Educación para determinar la responsabilidad en que incurrió el servidor público Pedro Villareal Guzmán por los actos y omisiones documentados.
De igual manera, la Defensoría de Habitantes estatal instruyó a la Secretaría de Educación aplicar de manera correcta la circular enunciada anteriormente y hacerla extensiva a las autoridades escolares del plantel.
Con la finalidad de preservar los derechos a la educación y a la integridad del alumnado, al tener evidencia plena de la grave afectación al interés superior del niño, el comisionado estatal de derechos humanos solicitó a la autoridad educativa instrumentar las medidas pertinentes que identifiquen si el servidor público cuenta con capacidad y aptitud para ejercer la docencia frente a grupo; en caso contrario, se efectúen las acciones legales y administrativas que sean procedentes.
Asimismo, en armonía al impulso de una educación en valores y el respeto a los derechos humanos, y ante la reiteración de hechos violatorios que incluyen abusos físicos y sexuales, el Organismo recomendó la ejecución en un plazo considerable de un proyecto que promueva y conciencie sobre los derechos humanos en el nivel básico del Sistema Educativo.
Por último, con base en la prevención y protección de los derechos humanos de los menores, se propuso al secretario de Educación instrumentar cursos de capacitación y actualización en materia de derechos humanos, y el marco jurídico que rige la actuación del personal docente y directivo, a efecto de adoptar como regla invariable de conducta, el elemental respeto de las normas y de los alumnos y sus derechos.
Milenio
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