Toluca, Méx.- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México emitió la recomendación al Procurador General de Justicia del Estado de México, por las omisiones en la investigación del secuestro de un menor de edad, y los defectuosos mecanismos de identificación de cadáveres del Instituto de Servicios Periciales, que derivaron en la permanencia del cuerpo por un lapso de 180 días en SEMEFO.
De acuerdo al expediente CODHEM/TOL/537/2013, fue detectado un mecanismo irregular de identificación de cadáveres que ingresan en calidad de desconocidos al SEMEFO de la zona; así como al derecho a la integridad personal de los familiares de la víctima, por trasgresión al principio de debida diligencia, que provocaron la prolongación innecesaria de la angustia de los parientes al no conocer el paradero del niño ni las intenciones de quien cometió el delito.
En ese sentido, la comisión solicitó enviar una circular al personal del ministerio público y al Instituto de Servicios Periciales para actuar conforme a la debida diligencia, rigurosidad, responsabilidad e inmediatez al momento de disponer de un cadáver; mantener vinculación permanente con el Protocolo Alerta Amber, Programa Odisea y el Servicio Médico Forense.
De acuerdo al expediente de queja, que derivó en recomendación, el 14 de febrero de 2013, el menor fue privado de su libertad, iniciándose una carpeta de investigación en la Fiscalía Especializada de Secuestro del Valle de Toluca, mientras que el 19 de febrero del mismo año, tras el hallazgo de un cadáver, se radicó otra indagatoria en la agencia del Ministerio Pública de Villa Guerrero, por el delito de homicidio.
Sin embargo, las omisiones al indagar, impidieron establecer una correspondencia entre el adolescente plagiado y el cuerpo localizado en un paraje de la autopista Tenango del Valle-Ixtapan de la Sal, ya que esto se logró hasta que los responsables del secuestro confesaron el crimen.
De acuerdo al expediente CODHEM/TOL/537/2013, fue detectado un mecanismo irregular de identificación de cadáveres que ingresan en calidad de desconocidos al SEMEFO de la zona; así como al derecho a la integridad personal de los familiares de la víctima, por trasgresión al principio de debida diligencia, que provocaron la prolongación innecesaria de la angustia de los parientes al no conocer el paradero del niño ni las intenciones de quien cometió el delito.
En ese sentido, la comisión solicitó enviar una circular al personal del ministerio público y al Instituto de Servicios Periciales para actuar conforme a la debida diligencia, rigurosidad, responsabilidad e inmediatez al momento de disponer de un cadáver; mantener vinculación permanente con el Protocolo Alerta Amber, Programa Odisea y el Servicio Médico Forense.
De acuerdo al expediente de queja, que derivó en recomendación, el 14 de febrero de 2013, el menor fue privado de su libertad, iniciándose una carpeta de investigación en la Fiscalía Especializada de Secuestro del Valle de Toluca, mientras que el 19 de febrero del mismo año, tras el hallazgo de un cadáver, se radicó otra indagatoria en la agencia del Ministerio Pública de Villa Guerrero, por el delito de homicidio.
Sin embargo, las omisiones al indagar, impidieron establecer una correspondencia entre el adolescente plagiado y el cuerpo localizado en un paraje de la autopista Tenango del Valle-Ixtapan de la Sal, ya que esto se logró hasta que los responsables del secuestro confesaron el crimen.
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